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noticias DE LA ABOGACÍA LA ABOGACÍA ESPAÑOLA ABRE UN REGISTRO DE ABOGADOS PARA PRESTAR ASISTENCIA JURÍDICA A REFUGIADOS El Consejo General de la Abogacía Espa- ñola ha puesto en marcha un Registro de abogados especializados en materia de inmigración y asilo para abordar la asistencia jurídica refugiados y personas desplazadas. Esa asistencia se prestará tanto a nivel nacional y local, como en los denomina- dos hotspots (puntos calientes europeos) para colaborar in situ con los abogados y autoridades de los países afectados si así lo demandasen. Los abogados que deseen formar par- te de este Registro deben rellenar el for- mulario disponible en la página web del Consejo www.abogacia.es. Este Registro se activará en el momento en que el Go- bierno fije el cupo de refugiados que Es- paña va a acoger y las ciudades donde los va a distribuir. En ese momento, comuni- caremos a cada Colegio de Abogados la lista de letrados que forman parte del Registro y que han mostrado su voluntad de colaborar para solucionar este tre- mendo drama que están viviendo miles de desplazados.Asimismo, se ha creado un Comité de Crisis presidido por Carlos Carnicer, presidente del Consejo General de la Abogacía Española, y coordinado por Oriol Rusca, vicepresidente del Con- sejo y presidente de la Comisión de Re- laciones Internacionales de la Abogacía Española. El comité estará formado por especialistas en materia de inmigración y asilo y será el encargado de coordinar las actuaciones que se desarrollen en los próximos días en relación con la crisis de refugiados y desplazados. Por otra parte, el presidente del Con- sejo General de la Abogacía Española, Carlos Carnicer, se ha dirigido al Minis- terio de Asuntos Exteriores, a los pre- sidentes del Parlamento Europeo, de la Comisión Europea y del Consejo de Europa, así como al del Consejo de la Abogacía Europea (CCBE) y a los de las 60_Abogados_Septiembre 2015 abogacías de los países afectados por esta crisis humanitaria para ofrecer la colaboración de la Abogacía Española en la coordinación de las actuaciones encaminadas a atender las necesidades jurídicas de los refugiados. INCUMPLIR NORMAS DE ASILO, UN CRIMEN INTERNACIONAL Además de la creación de este Registro de abogados para atender a los refugia- dos, la Abogacía recordó mediante un comunicado que ante la importante cri- sis migratoria que se está produciendo en Europa, “los Estados que conforman la UE están obligados a dar asistencia a refugiados y a personas desplazadas en cumplimiento del derecho de la Unión, basado en los principios de solidaridad y cooperación administrativa entre los es- tados miembros”. De hecho, “la negativa a acatar el dere- cho de la UE no solo pone en peligro las bases jurídicas de la misma, y en parti- cular el derecho a la libre circulación de personas, sino que su violación, en espe- cial si se aplica a un número amplio de personas como en la presente crisis mi- gratoria, puede dar lugar a la imputación del estado responsable de un crimen in- ternacional”. El citado derecho de la UE en lo relativo al asilo y refugio está conformado por las siguientes normas: l El artículo 14 de la Declaración Uni- versal de los Derechos Humanos con- templa el derecho de toda persona, en caso de persecución, a buscar asilo y a disfrutar de él en cualquier país. Derecho que es recogido en el artículo 13.4 de la Constitución Española y desarrollado mediante Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. l El artículo 18 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE garantiza el de- recho de asilo dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 y del Protocolo de 31 de enero de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados y de conformidad con el Tra- tado de la Unión Europea y con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. l La UE, en desarrollo de todo ese