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PORTADA_ XI CONGRESO NACIONAL DE LA ABOGACÍA VITORIA-GASTEIZ COMPETENCIA: ¿AMIGOS, ENEMIGOS O VAMOS A LLEVARNOS BIEN? ¿ES POSIBLE QUE UN ABOGADO DE ALMERÍA asista a un detenido de A Coruña con la debida inmediatez o que un abogado de Sabadell defienda con diligencia y rapidez una reclamación de alimentos de una mujer en Cádiz? y ¿cómo puede un abogado responder a un cliente que le pide que le informe sobre el coste de procedimiento que quiere iniciar tal y como establece la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia? Con estas preguntas, planteadas el moderador por Ramón Jáudenes, decano del Colegio de Abogados de Pontevedra, se inició la mesa sobre Competencia, compuesta por el abogado Ángel Valdés, el también abogado Carlos Gallego y Antonio Maudes, director del Departamento de Promoción de la Competencia de la CNMC. l “A partir de la modificación de la Ley de Colegios Profesionales, cabe interpretar que las regulaciones corporativas no pueden poner más trabas a la actividad publicitaria de sus miembros que las establecidas en las normativa general sobre publicidad”. . 18_Abogados_Junio 2015 Carlos Gallego: “Los Colegios de Abogados y el ejercicio profesional de la Abogacía deben ajustarse a las nor- mas de libre competencia y esto impo- ne nuevas exigencias y suprimir ciertas prácticas. Pero esto no quiere decir que el Colegio y el abogado pierdan su con- dición de servidores de la Justicia” “En esta condición, las frías reglas del mercado deben considerar esa especial función, que tiene su máxima relevan- cia en la prestación del servicio de Jus- ticia Gratuita y prestación del turno de oficio y en la determinación de lo exce- sivo respecto a los honorarios cuestio- nados en las impugnaciones de costas y jura de cuentas”. Antonio Maudes: “Es necesario ir hacia ‘el abogado 4.0’, en un espacio de servicios en el que se tengan en cuenta la competencia y la regulación econó- mica eficiente”. “Las restricciones al acceso y a la acti- vidad son perjudiciales para los consu- midores y usuarios, y también para las propias profesiones”. <<<< Ángel Valdés: “Cabría argumentar que si las conductas restrictivas de los Colegios de Abogados tienen como ob- jetivo garantizar la calidad de los servi- cios jurídicos que se prestan y el buen funcionamiento de la profesión, y que la restricción que se produce es inherente a la consecución de dicho objetivo, estas conductas no supondrían una infrac- ción de las normas sobre Derecho de la Competencia”. Puede consultar toda la información referida al Congreso, vídeos y fotografías en www.abogacia.es