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FUNDACIÓNABOGACÍA PERÚ: PROTOCOLO PARA LA DEFENSA PÚBLICA DE LAS MUJERES EXTRANJERAS PRIVADAS DE LIBERTAD Macarena Eseverri Aznar E n Perú, es el Ministerio de Justicia y Derechos Hu- manos, a través de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia, el órgano encargado de brindar asistencia técnico legal a personas privadas de li- bertad, que carecen de recursos económicos suficientes. Desde la Dirección General de la Defensa Pública de Perú ha sido identificada la necesidad de fortalecer la especia- lización de sus defensores públicos en la atención a muje- res extranjeras privadas de libertad, ya que las dificultades con las que se encuentran requieren un tratamiento y una atención especial. Prácticamente la totalidad de las mujeres extranjeras que cumplen condena de prisión en Perú, han sido senten- ciadas por delitos relacionados con el tráfico de drogas. El tiempo medio de las condenas es de entre 7 y 15 años, fru- to de la falta de aplicación de criterios de proporcionalidad y de la respuesta al populismo punitivo, que sigue deman- dando penas muy altas. Según estadísticas del “Centro de Investigación Drogas y Derechos Humanos”, el perfil de estas mujeres es de edad entre 25 y 39 años, madres solte- ras con hijos a su cargo o embarazadas, analfabetas o con estudios primarios y con necesidades económicas severas. El grupo de mujeres extranjeras privadas de libertad en Perú, alberga 70 nacionalidades distintas, aunque casi el 50% del total son de nacionalidad española. El hecho de ser extranjeras y carecer de arraigo y de un domicilio en el país, ha provocado que se les cierre la puerta al acceso a beneficios penitenciarios como el de semilibertad o la libertad condicional. Para intentar paliar este agravio, se ha aprobado la Ley Nº30219, “Beneficio especial de salida del país para extranjeros que cumplan pena privativa de libertad”. En virtud de esta ley quienes tengan una condena inferior a 7 años (y sea la primera) y hayan cumplido de manera efectiva un tercio de la misma, podrán acceder al beneficio de salida, con la consiguiente puesta en libertad. De manera paralela, los esfuerzos por parte de la em- bajada de España en Perú han sido enormes desde hace años, para promover la ejecución efectiva del Convenio existente entre España y Perú, sobre traslado de presos. En virtud de este Tratado, un español o una española sen- 60_Abogados_Noviembre 2014 tenciados en Perú, pueden solicitar el trasladado a España para terminar de cumplir su condena en un Centro Peni- tenciario de su país. En la práctica, lo que no debería dar lugar a complicaciones ni retrasos, terminan resultando casos muy aislados. A la lista de dificultades burocráticas y procesales se suma la que es para una mujer, la peor de todas ellas: la situación en la que quedan sus hijos menores de edad. Los niños que quedan en el país de origen, terminan en la ma- yor parte de los casos en Centros de Acogida. En el peor de los casos, al cumplir los 18 años y salir de los Centros de Acogida, esos niños catalogados como adultos por haber cumplido la mayoría de edad, no tardan en entrar en un Centro Penitenciario. En el caso de las mujeres extranjeras que están embarazadas en el momento de la detención, los niños pueden vivir con ellas en el Centro Penitenciario hasta cumplir los 3 años. Al llegar este momento y no con- tar con familiares en Perú, los niños son igualmente tras- ladados a Centros de Acogida o en ocasiones después de un plazo estipulado, se dan en adopción. Fundación Abogacía Española, a través del Programa Eurosocial II, estamos trabajando en colaboración con el Ministerio de Justicia de Perú, para promover el acceso a la justicia de este grupo de mujeres. Hemos elaborado un Protocolo para la defensa pública, para brindar al defensor público una herramienta útil, que le permita desempeñar su labor de manera eficaz a favor de las mujeres extranje- ras privadas de libertad. Este protocolo ha sido difundido en Perú no solo entre los defensores públicos, sino también entre el Poder Judicial, el Instituto Nacional Penitenciario, Representaciones Diplomáticas, Organizaciones no Guber- namentales y demás organismos implicados en el tema. En una reciente visita a Perú también hemos estado en el Centro Penitenciario Piedras Gordas, de Ancón II con un grupo de 230 mujeres extranjeras (35 de ellas, españolas). Les hemos informado de los servicios de asistencia legal que la defensa pública pone a su servicio, de la puesta en marcha de este Protocolo y de la nueva Ley del Beneficio Especial de Salida. Les hemos traslado que detrás de esos muros hay personas que defienden sus derechos y no se olvidan de ellas. l