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EL ARTE DE ABOGAR III ABOGAR EN LA MEDIACIÓN, EL DEBER DE CONCORDIA Si todos los abogados fueran pacificadores entre los hombres, nunca habría demasiados abogados. bitos intrajudiciales. Son, métodos idóneos o adecuados para algunos conflcitos en lo que el abogado de parte puede actuar y debe hacerlo desde su arte de abogar. Abraham Lincoln (Speeches & Letters of Abraham Lincoln, 1832-1865). En la mediación, los abogados y abogadas de parte, tambien continúan teniendo el transce- dental encargo de ofrecer y procurar a su cliente el consejo, acompañamiento y di- a creciente actividad legisla- rección jurídica. Debiendo en consecuen- tiva sobre mediación ha pues- cia, participar de forma activa en los mis- to de manifiesto la importan- mos. En algunos ámbitos de la mediación cia de los llamados métodos no se concibe su desarrollo y actividad sin alternativos de resolución de la presencia del abogado de parte. Es más, conflictos y su incidencia en en muchas ocasiones las personas jurídi- la actividad profesional de la abogacía. ARTURO cas son representadas por abogados. Tal Muchos son los que hablan bien de la me- ALMANSA y como ocurre con frecuencia en la medi- diación y de sus excelencias. Se demanda Abogado y mediador ación mercantil o comercial. su utilizacion por parte de unos y otros Este deber de defensa, consejo jurídico como si fuera la “pócima de Fierabrás”, y la obligación de proteger los intereses capaz de remediar toda clase de cuitas y del cliente son la esencia y naturaleza del conflictos, y sin embargo, a la vez, se in- abogado, y tiene en la mediación y arbit- voca a la Autoridad, al Poder al Derecho, a raje cumplida justificacion, resultando ser los Tribunales y a los intereses de todos en oportunidad y causa del “abogar” en tales una extraña e incomprensible miscelánea, métodos de resolución. donde se cuestiona el papel del abogado, Muchas veces, y con lamentable reit- incluso en muchas ocasiones se le pide a eracion, se constata el desconocimiento por parte de los éste, que se aleje de los llamados metodos alternativos, propios letrados del papel que les corresponde en la me- porque será la persona mediadora o el árbitro quienes diación, ignorándose las funciones, competencias y el tomarán -directamente o de forma solapada- las riendas encargo profesional que se les encomienda en esta situ- del conflicto y su solución, postergando al acta final o ación en las que no son ni árbitro, ni persona mediadora. laudo el dar cuenta al jurista de cómo terminó el asunto. Quizás, ello se deba a un endémico malentendido sobre Brevemente, trataré de examinar el quehacer del cuál es el papel que corresponde al abogado en la me- abogado en la mediación como método regulado para diación y un mal elaborado concepto -raquitico y muti- la gestión conflictual. Subrayando el papel e interven- lado- del insustituible papel del abogado en el acceso a ción profesional de quienes sin ser árbitro o mediador la justicia. Solo asi como podemos explicar esta falta de del conflicto, actúan por imperativo deontológico en intervención profesional por parte de muchos abogados, el papel que corresponde al “abogado de parte” en quienes ven con recelo la mediación, y a algunas institu- los llamados “métodos alternativos de resolucion de ciones de mediación o mediadores que no terminan de conflictos”. Denominados de forma trasnochada como conocer el transcendental papel el abogado asistiendo alternativos o complementarios al proceso judicial de carácter adversarial. Estos métodos tienen identidad en la defensa de los intereses de su cliente. propia, y no es necesario que se les asocie como alter- El planteamiento precedente se constata por ejemplo, nativos o subsidiarios de otros métodos de gestión de en la formación de los abogados como mediadores. Fre- conflictos. Ni si quiera que precisen su ubicación en am- cuentemente muchos de los alumnos desean conocer L 38 _ Abogacía Española _ Noviembre 2017