No discriminación a la minoría frisona en Alemania

El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Partido de los Frisones c. Alemania (demanda n° 65480/10). Este partido político, que alega representar los intereses de la minoría frisona en Alemania, se queja de que ha sido discriminado por la llamada regla del 5% para la distribución de asiento en el Parlamento de Baja Sajonia. De acuerdo a la estimación del partido, en este Lander alemán viven unos 100.000 frisones (de un total de casi 8 millones de habitantes).

El partido pidió en 2007 a las autoridades del Lander la no aplicación del porcentaje mínimo del 5% de los votos para poder tener representación en el Parlamento, extremo que les  fue denegado. En las elecciones de 2008 recibieron un 0.3% de los votos, lo que, sin aplicar la norma del 5%, los dejaba fuera del parlamento regional.

El partido alegó entonces discriminación por ser una minoría, objeto que también resultó rechazado por el Parlamento. Tras agotar la vía nacional, el Partido de los Frisones decidió acudir al TEDH, alegando violación del artículo 14 CEDH (prohibición de la discriminación) en conjunción con el artículo 3.1 (derecho a la libertad de elección).

El TEDH, en su sentencia, no encuentra violación de los artículos mencionados por los demandantes.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

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