La Orden de Detención europea no incumple el CEDH

El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Pirozzi c. Bélgica (demanda n° 21055/11) estableciendo por unanimidad que no ha habido ninguna violación de los artículos 5.1 CEDH (derecho a la libertad y la seguridad) y 6.1 CEDH (derecho a un juicio justo).

El caso se refiere a la detención del demandante por parte de las autoridades belgas, a través de una orden de arresto europea (EAW, en inglés) con el fin de hacer cumplir una condena penal imponiendo 14 años de prisión por tráfico de drogas.

El TEDH ha constatado en su sentencia que el Sr. irozzi fue arrestado por las autoridades belgas con miras a detenerlo y entregarlo a las autoridades italianas, y que todo el proceso se había llevado a cabo en de acuerdo con los procedimientos legales.

El TEDH también ha sostenido que la aplicación de la orden de detención de los tribunales belgas no había sido manifiestamente deficiente, al menos de un modo que se pusiera en peligro la presunción de protección equivalente, y que la entrega del demandante  no se puede considerar una flagrante denegación de justicia.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

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