¿Qué trámites hay que seguir para su solicitud?

1.- Lugar de Presentación

Oficinas de Asilo y Refugio; Fronteras Terrestres, Aéreas y Marítimas; Comisarías Provinciales de Policía; Solicitud de asilo en Embajadas (sin desarrollo reglamentario) y siempre y cuando el solicitante no sea nacional del país en que se encuentre la representación diplomática.

2.-  Información al Solicitante

  1. Derecho a ser documentado como solicitante.
  2. Derecho a la asistencia jurídica e intérprete.
  3. Derecho a que se comunique el ACNUR la solicitud.
  4. Derecho a la suspensión de cualquier procedimiento de devolución, expulsión o extradición que pudiera afectar al solicitante.
  5. Derecho a conocer el contenido del expediente.
  6. Derecho a asistencia sanitaria.
  7. Derecho a recibir prestaciones sociales.

También se imponen diversas obligaciones como:

  1. Cooperar con las autoridades españolas.
  2. Presentar las pruebas de que disponga en apoyo de su petición, así como documentos sobre su edad, nacionalidad, lugares de residencia anterior, etc.
  3. Permitir se le tomen sus huellas dactilares, ser fotografiado o grabar sus conversaciones.
  4. Informar de su domicilio en España o ponerse a disposición de las autoridades cuando sea llamado.

3.- Plazo

Los plazos son diferentes en función de que la persona interesada haya franqueado la frontera de nuestro país (1 mes) o se encuentre en cualquier frontera terrestre, aérea o marítima (inmediatez). Si el demandante quiere pedir Asilo por Causas Sobrevenidas dispone también de un plazo de un mes que se contará desde que hayan acontecido los hechos, o se haya surgido el temor de persecución.

Quien no respete los plazos anteriores, o al tiempo de presentar la solicitud de asilo tiene decretada una resolución de expulsión, provocará con toda seguridad la inadmisión a trámite de su solicitud (por considerarla manifiestamente falsa, inverosímil o infundada) aunque la misma sea inicialmente tramitada. Sin embargo, encontramos ante una simple presunción “iuris tantum[1].

4.- Contenido

Tanto en las fronteras como en las B.P.D.E. se dispone de un modelo de solicitud de Asilo, (formulario policial), para iniciar la tramitación de la petición de asilo. Formulario en pdf

La solicitud deberá estar encabezada por el solicitante refiriendo sus datos de identidad, fecha de nacimiento, estado civil y domicilio. De forma excepcional se puede requerir la presencia de miembros de la familia del peticionario que puedan ayudar a mejorar la solicitud.

El relato de los hechos debe ser exhaustivo, pormenorizado y riguroso. Al solicitante le corresponde “exponer de forma detallada los hechos, datos y alegaciones en los que funde su pretensión”.

A la solicitud debe acompañarse la fotocopia del pasaporte y de cuantos documentos puedan avalar la credibilidad de la misma.

En caso de que la persona esté indocumentada, hay que justificar las razones del porqué no se dispone de ninguna prueba de identidad y nacionalidad y se deberán facilitar archivos, e incluso un compromiso personal para que a lo largo de la substanciación del expediente puedan reportarse.

[1] “Sobre esta concreta causa de inadmisión nos hemos pronunciado en numerosas sentencias (v.gr. en STS de 23 de junio de 2004, rec. nº 3411/2000), en las que hemos declarado: (…) no es lógico presumir que por el transcurso del plazo de un mes devengan manifiestamente falsos o inverosímiles los hechos, datos o alegaciones en que se base la solicitud. (…) no es más que una presunción iuris tantum que, como tal, admite prueba en contrario (…)” (STS de 23 de junio de 2006, recurso nº 4881/2003.

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