22 mayo 2018

Paquete de procedimientos de infracción de mayo: decisiones que afectan a España

La Comisión Europea ha publicado el paquete mensual de infracciones al Derecho de la UE, correspondiente al mes de mayo. En lo que respecta a España, los asuntos por los que se piden explicaciones son:

La Comisión pide a varios Estados miembro, entre los que se encuentra España, que adopten programas nacionales para la gestión del combustible gastado y la política de gestión de los residuos radiactivos (Directiva 2011/70/Euratom del Consejo). Las autoridades de estos Estados miembros disponen ahora de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por la Comisión; de lo contrario, la Comisión puede decidir enviar un dictamen motivado.

 

Respecto a las cuentas de pago, la Comisión Europea ha decidido proponer una sanción financiera inferior en el contexto de su remisión de las autoridades de España ante el TJUE por no haber notificado las medidas para la total transposición de la Directiva de la UE sobre las cuentas de pago (Directiva 2014/92/UE). De esta manera se confirma la decisión de la Comisión de octubre de 2017, pero se tiene en cuenta la transposición parcial de la Directiva que se ha realizado entretanto.

 

Además, la CE ha decidido archivar un procedimiento de infracción contra las autoridades de España en el ámbito de la morosidad. En febrero de 2017, la Comisión envió una carta de emplazamiento a las autoridades españolas por la aprobación de una ley nacional que concedía sistemáticamente a las entidades públicas un plazo adicional de treinta días con respecto al momento del pago. La Comisión consideró que esta ley no era compatible con el artículo 4 de la Directiva sobre morosidad (Directiva 2011/7/UE) y solicitó más información a las autoridades españolas. En diciembre de 2017, España modificó la ley, que ahora se ajusta a lo dispuesto en la Directiva. Por lo tanto, la Comisión ha decidido archivar este asunto.

 

 

Respecto a más legislación medioambiental, La Comisión insta a España a que adapten su legislación sobre caza a las normas de la UE en materia de conservación de las aves silvestres (Directiva 2009/147/CE) – dictamen motivado; y pide también que se complete la transposición de la Directiva sobre el agua potable en su legislación nacional. Esta Directiva tiene por objeto proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación del agua destinada al consumo humano, garantizando su salubridad y limpieza. En octubre de 2015 se revisaron los anexos técnicos en los que se establecen los requisitos mínimos de control del agua potable (Directiva (UE) 2015/1787, que modifica la Directiva 98/83/CE) a la luz de los avances técnicos y científicos. Los Estados miembros tenían que adoptar las medidas para dar cumplimiento a la Directiva antes del 27 de octubre de 2017. Dado que las autoridades de España no respetaron el plazo inicial, la Comisión les envió una carta de emplazamiento en noviembre de 2017. España ha reconocido que sus autoridades todavía están preparando las medidas necesarias para cumplir la Directiva en cuestión. Ahora, la Comisión envía un dictamen motivado. Las autoridades de España disponen de dos meses para notificar a la Comisión las medidas tomadas para corregir la situación; de lo contrario, el asunto podría remitirse al TJUE.

 

Además, la CE ha instado a las autoridades de Chipre, España e Irlanda a adaptar sus legislaciones nacionales a fin de tener en cuenta las modificaciones introducidas en la Directiva sobre la evaluación de impacto ambiental (Directiva 2014/52/UE). El objetivo de esta Directiva consiste en garantizar que se realice una evaluación de impacto adecuada de los proyectos que puedan tener efectos significativos en el medio ambiente antes de su aprobación. La Comisión incoó el procedimiento de infracción contra las autoridades de estos tres Estados miembros en julio de 2017. Las disposiciones que faltan aún no se han incorporado plenamente a las legislaciones nacionales respectivas debido a que se está revisando la legislación vigente sobre evaluación de impacto. Si las autoridades de los países en cuestión no actúan en el plazo de dos meses tras la recepción del dictamen motivado, estos asuntos podrán remitirse al TJUE.

 

Por último, la Comisión ha pedido a 3 Estados miembros, entre los que se encuentra España, que transpongan plenamente una serie de Directivas conocidas como «el paquete sobre la inspección técnica de vehículos». En 2014 se adoptó este paquete con el fin de mejorar la inspección técnica de vehículos en la UE, y, por lo tanto, la seguridad vial. Los Estados miembros tenían que transponerlo a más tardar el 20 de mayo de 2017. Sin embargo, hasta la fecha, Eslovenia, España y Portugal no lo han hecho, o solamente en parte. España no ha adoptado, publicado ni comunicado a la Comisión las medidas nacionales de transposición de las normas actualizadas sobre los documentos de matriculación de los vehículos (Directiva 2014/46/UE). La Comisión envió estas peticiones en forma de dictámenes motivados.

 

Además, la Comisión ha decidido enviar dos cartas de emplazamiento a España, una por no transponer correctamente la legislación de la UE por la que se establece un espacio ferroviario europeo único (Directiva 2012/34/UE) y otra  por el incumplimiento de las normas de la UE relativas al nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas (Directiva 2008/106/CE

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-18-3446_es.htm

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