06 marzo 2018

Respuesta de la UE ante los contenidos ilícitos en línea

La Comisión Europea se comprometió a hacer un seguimiento de los progresos realizados y evaluar si se requieren medidas adicionales en su Comunicación de septiembre de 2017 sobre la lucha contra el contenido ilícito en línea.

En consecuencia, la Comisión, antes de determinar si será necesaria una actuación legislativa, ha presentado un conjunto de medidas operativas, en forma de Recomendación y acompañadas de las salvaguardias correspondientes, que han de adoptar las empresas y los Estados miembros para intensificar esta labor. Las medidas recomendadas atañen a todas las formas de contenidos ilícitos, desde los contenidos terroristas hasta la incitación al odio y la violencia, el material relacionado con abusos sexuales a menores, los productos falsificados o la violación de derechos de autor.

La Recomendación se basa en la labor que se está llevando a cabo con el sector a través de diversas iniciativas voluntarias cuyo objetivo es garantizar que internet está libre de contenidos ilícitos y refuerza las medidas adoptadas en el marco de diferentes iniciativas.

La Recomendación establece medidas operativas para garantizar que los contenidos ilícitos en línea se detectan y retiran con mayor rapidez, reforzar la cooperación entre las empresas, los alertadores fiables y las fuerzas de seguridad, y aumentar la transparencia y las salvaguardias de cara a los ciudadanos.

Las medidas pueden diferir en función de la naturaleza de los contenidos ilícitos, y la Recomendación alienta a las empresas a que apliquen el principio de proporcionalidad a la hora de retirar este tipo de contenidos.

La Comisión Europea hará un seguimiento de las medidas que se adopten en respuesta a la Recomendación y determinará si se requieren medidas suplementarias, incluidas, en su caso, medidas legislativas.

Asimismo, la Comisión proseguirá su labor de análisis, en estrecha colaboración con las partes interesadas. En este sentido, pondrá en marcha una consulta pública sobre la cuestión en las próximas semanas.

A fin de poder hacer un seguimiento de los efectos de la Recomendación, se pedirá a los Estados miembros y las empresas que faciliten la información correspondiente sobre los contenidos terroristas en el plazo de tres meses y sobre otros contenidos ilícitos en el plazo de seis meses.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-18-1169_es.htm

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