10 octubre 2017

Memoria del Tribunal de Cuentas sobre el sistema de gestión de los asuntos de los que conocen el TJUE y el TGUE

Tanto el TJUE como el TGUE integrarán las recomendaciones del Tribunal de Cuentas en las reflexiones que llevan a cabo sobre su organización y métodos de trabajo. El TJUE es una institución jurisdiccional que tiene características únicas, tanto en razón de las misiones que los Tratados encomiendan a los Tribunales que la componen como del multilingüismo (24 lenguas oficiales) en el que se desenvuelve el desempeño de sus actividades. El reto fundamental para el TJUE y para el TGUE consiste en garantizar que las resoluciones que dictan tengan un altísimo nivel de calidad, calidad que implica ciertamente un imperativo de celeridad, pero que exige al mismo tiempo el respeto de los derechos de las partes en los litigios, un corpus jurisprudencial coherente y una esmerada motivación jurídica de las resoluciones judiciales.

El Parlamento Europeo pidió al Tribunal de Cuentas de la UE que elaborara una memoria sobre el sistema de gestión de los asuntos de los que conocen el TJUE y el TGUE en el ejercicio de su actividad judicial. Ambos Tribunales de la Unión han colaborado activamente con el Tribunal de Cuentas durante los dos últimos años con el fin de que la memoria en cuestión pudiera llevarse a término en las mejores condiciones posibles y con observancia del principio fundamental del Tratado, según el cual las deliberaciones del TJUE y del TGUE serán y permanecerán secretas. Las conclusiones de la memoria se basan en un análisis de las diferentes fases del procedimiento realizado a partir de una muestra de 60 asuntos (30 asuntos del TJUE y otros tantos del TGUE), sobre un total aproximado de 2.800 asuntos terminados en 2014 y 2015.

El TJUE observa con satisfacción que el Tribunal de Cuentas ha reconocido el persistente esfuerzo del que han dado muestra estos últimos años los dos Tribunales que componen esta institución para mejorar la eficiencia en la tramitación de los asuntos, esfuerzo que ha hecho posible una reducción significativa de la duración de dicha tramitación. En efecto, en el transcurso de un período de diez años (2006-2016), el tiempo medio de tramitación de un asunto ante el TJUE se redujo de 19,6 a 14,7 meses, mientras que, en el caso del TGUE, tal duración se redujo de 25,8 a 18,7 meses, y ello a pesar de que durante ese mismo período se produjo un incremento notable del número de litigios.

Por otro lado, la memoria del Tribunal de Cuentas extrae una serie de conclusiones y formula diversas recomendaciones relativas a la evolución de ciertas modalidades de tramitación de los asuntos y a la organización de los recursos que se dedican a ésta. El TJUE y el TGUE integrarán las referidas recomendaciones en la reflexión permanente que llevan a cabo sobre la optimización de sus respectivos métodos de trabajo. Por último, los dos Tribunales no pueden sino dar una acogida favorable a las recomendaciones del Tribunal de Cuentas relacionadas con la publicación de estadísticas más detalladas y con la implantación de un sistema informático integrado, así como con la necesidad de que los Estados miembros procedan a designar los miembros de la institución a la mayor brevedad posible en los casos de fin de mandato.

 

Fuente: https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2017-09/cp170104es.pdf

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