18 julio 2017

La Comisión insta a España a garantizar la libre circulación de los suplementos alimenticios

La Comisión ha decidido hoy remitir un dictamen motivado a España en el que le insta a eliminar las prácticas discriminatorias que afectan a la comercialización de los suplementos alimenticios. Conforme a la legislación española, al introducir por primera vez un suplemento alimenticio en el mercado español, las empresas con sede en España deben notificarlo a las autoridades locales, mientras que las empresas de otros países de la UE deben solicitarlo ante la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), lo que conlleva unos costes más elevados. Por tanto, la Comisión considera que los requisitos españoles obstaculizan la libre circulación de mercancías (artículo 34 del TFUE), puesto que discriminan a las empresas con sede en otro país de la UE. España tiene ahora dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para corregir la situación; de lo contrario, la Comisión puede decidir llevar el asunto ante el TJUE.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-17-1935_es.htm

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