27 junio 2017

Transparencia para los intermediarios de la planificación fiscal

La Comisión Europea ha propuesto nuevas y estrictas normas de transparencia para los intermediarios, tales como bancos, contables, asesores fiscales y abogados, que formulan y promueven estrategias de planificación fiscal para sus clientes.

Las filtraciones recientes en los medios de comunicación, como los papeles de Panamá, han puesto de manifiesto la manera en que algunos intermediarios ayudan activamente a las empresas y los particulares a evadir impuestos, generalmente por medio de complejos sistemas transfronterizos. La propuesta tiene por objeto abordar este tipo de planificación fiscal agresiva aumentando las actividades de control de prácticas antes desconocidas de los planificadores y asesores fiscales.

Los sistemas de planificación fiscal transfronteriza con determinadas características o «signos distintivos» que puedan dar lugar a pérdidas para las administraciones públicas tendrán que notificarse automáticamente a las autoridades fiscales antes de su utilización. La Comisión ha determinado los principales signos distintivos, incluido el uso de las pérdidas a fin de reducir la responsabilidad tributaria, la utilización de regímenes fiscales más favorables o disposiciones a través de países que no cumplen las normas internacionales de buena gobernanza.

La obligación de notificar un régimen transfronterizo que presenten uno o varios de estos signos distintivos correrá a cargo:

  • del intermediario que suministre el régimen transfronterizo para su aplicación y uso por una empresa o particular;
  • del particular o empresa que reciba el asesoramiento, en el caso de que el intermediario que suministre el régimen transfronterizo no tenga su sede en la UE, o de que el intermediario esté vinculado por el secreto profesional o las normas sobre secreto;
  • del particular o empresa que aplique el régimen transfronterizo cuando lo formulen asesores fiscales o abogados propios.

Los Estados miembros intercambiarán automáticamente la información que reciban sobre los mecanismos de planificación fiscal a través de una base centralizada, que les dará aviso tempranamente de nuevos riesgos de elusión y les permitirá adoptar medidas para bloquear los regímenes perjudiciales. La obligación de notificar un régimen no significa necesariamente que sea perjudicial, sino que merece un control por parte de las autoridades fiscales. No obstante, los Estados miembros estarán obligados a aplicar sanciones efectivas y disuasorias a las empresas que incumplan las medidas de transparencia, lo que supondrá un nuevo y potente elemento disuasorio para quienes fomenten o faciliten el fraude fiscal.

Las nuevas normas tienen un alcance general, pues abarcan la totalidad de los intermediarios y todos los regímenes potencialmente perjudiciales existentes en todos los Estados miembros. Los datos de cualquier régimen fiscal que contenga uno o varios signos distintivos deberán comunicarse a la autoridad tributaria de origen del intermediario en el plazo de cinco días desde el suministro de dicho régimen a un cliente.

La propuesta, que adopta la forma de una modificación de la Directiva de cooperación administrativa (DCA), se presentará al Parlamento Europeo a efectos de consulta y al Consejo para su adopción. Se prevé que los nuevos requisitos de información entrarán en vigor el 1 de enero de 2019 y, con posterioridad, los Estados miembros de la UE estarán obligados a intercambiar información cada tres meses.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-17-1663_es.htm

 

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