14 noviembre 2016

¿Puede existir un Estado democrático sin plan de Derechos Humanos? Sí, España

Por Jesús López-Medel Báscones, abogado del Estado

Aunque se trate ésta de una revista digital con un sentido corporativo dedicado a los profesionales de la Abogacía, soy un convencido que esta actividad no es, para algunos letrados, sólo un modo de ganarse laboralmente unos honorarios. Estos entienden que ella, la Abogacía, no sólo son leyes a interpretar en defensa de un cliente que paga un trabajo, sino que tiene íntima conexión con un valor superior no solo jurídico sino ético que es la Justicia.

Por ello, me parece muy afortunado lo sugerido por el Magistrado de la Sala III del Tribunal Supremo, Jose Manuel Bandrés, que apunta que más allá del “Estado de Derecho” debería hablarse del “Estado de la Justicia”. Enraíza con lo que el ex presidente de la Abogacía Española, Carlos Carnicer, postulaba, como nadie, con compromiso radical y sin poses ni frases huecas.

Y tratar de Justicia obliga inexcusablemente a referirse a  Derechos Humanos. No hay democracia sin Justicia y no hay ninguna de los dos sin Derechos Humanos. Democracia no es sólo elección de representantes sino mucho más. Así  cuando se desatienden o se recortan Derechos Humanos, merma la democracia y la Justicia. Por ello, es esta una materia que debe ser objeto de revisión permanente y no un presupuesto que se tiene que dar por cumplido porque así se diga en una norma.

Muy recientemente, el 24 de octubre, el Parlamento Europeo ha aprobado un mandato a la Comisión Europea para “poner en marcha un mecanismo vinculante para evaluar anualmente en cada país la democracia, el Estado de Derecho y los Derechos Humanos”. Para ello, un Comité elaborará un informe de valoración con recomendaciones a cada país.

¿Y qué dirán de España?

ASPECTOS ESENCIALES

Es muy importante el artículo 7 de esa resolución del Parlamento que se refiere al contenido  de ese Informe que debe elaborarse y en el que se ordena prestar especial atención a una serie de aspectos que se enumeran como:

  1. La reversibilidad de las decisiones políticas después de las elecciones.
  2. La existencia de controles y contrapoderes institucionales que garanticen que no se cuestione la imparcialidad del Estado.
  3. La libertad y el pluralismo de los medios de comunicación.
  4. El derecho a la participación democrática activa.
  5. La integridad y la inexistencia de corrupción.
  6. La trasparencia y la rendición de cuentas.
  7. La seguridad jurídica.
  8. La prevención de prácticas abusivas o de desviación de poder.
  9. Los conflictos de intereses, la recogida de datos personales y la vigilancia, etc.

Aunque me gustaría que se releyesen estos puntos del “examen”, no voy a prejuzgar directamente cÓmo se evaluará a España según estos parámetros, pero no puedo evitar recordar un aspecto que en un tiempo pasado se expresaba en las calificaciones escolares: “Progresa/No progresa adecuadamente”. Con una observación añadida en este caso: “Retrocede”.

PLAN DE DERECHOS HUMANOS

Esta nota no es una evaluación general sino por algo muy concreto: la ausencia de un Plan de Derechos Humanos en España. Debe recordarse que el primero y único en nuestro país data de 2008, en un documento bastante pormenorizado de 48 páginas que recogen 172 medidas concretas agrupadas en 10 epígrafes. Conocí y algo participé en su laboriosa gestación, inicialmente desde el Ministerio de Exteriores y Cooperación.

Su aprobación por Consejo de Ministros, entonces se hizo coincidir con el 30 aniversario de la Declaración de Derechos Humanos de Naciones Unidas y, al tiempo, el 30 aniversario de la Constitución de 1978, aunque esta ha sufrido, por vía de mutación, un envejecimiento acelerado en materia de derechos humanos. En aquel tiempo, existían 28 Estados con planes similares, cifra que ha aumentado mientras que otros…

Ese Plan, que en su momento, ya era mejorable pero cuya mera existencia tenía gran valor, tenía vigencia por esa legislatura, la IX, que se cerró con las elecciones del 20 de noviembre de 2011 tras las cuales hubo cambio de Gobierno. A partir de ahí han pasado seis años, nada. No es que no se haya aprobado un plan nuevo. Es que no se ha trabajado en ello. Dos iniciativas parlamentarias se aprobaron en este tiempo, y hasta con apoyo del grupo soporte del Gobierno. Daban al Gobierno 18 meses para elaborarlo. Se encargó un trabajo al Centro de Estudios Constitucionales pero ni rastro de lo que no se inició por un órgano controlado por el poder del Gobierno. Por otro lado, el presidente independiente de la Comisión Técnica encargada de elaborarlo, dimitiría, según expresaría públicamente, por inactividad de ese órgano y por la falta de impulso político.

En este tiempo, en cambio, se realizó una tarea muy importante que iba en la línea de lo que ahora ha aprobado el Parlamento Europeo: la evaluación. A tal fin, el 12 de noviembre de 2012 se elaboraría un Informe de Seguimiento de 131 páginas que a pesar de ser algo generoso en las calificaciones sobre cumplimiento de cada propuesta de 2008, acaba concluyendo que “el porcentaje de medidas cumplidas, no merecería alcanzar un aprobado en el Plan”. Se consideraban observadas en un 56%.

El problema añadido ahora es que en algunas de ellas, que se daban por aprobadas entonces, el retroceso es evidente, desde materia sanitaria, refugiados, acceso a la justicia, inmigrantes, libertad de expresión y otras, igualdad de oportunidades, atención a personas en situación de dependencia, justicia universal, etc las dejo a criterio del lector.

Hay que recordar, además, que el Plan anterior se elaboró cuando se iniciaba la crisis económica. Y tanto ese Gobierno como el sucesivo tomaron decisiones financieras y sociales que han repercutido con contundencia en derechos humanos. Los que así se consideran o calificaban entonces, no tienen por qué perder ese carácter como consecuencia de una situación económica general y las medidas adoptadas… entre otras cosas.

Fue un gran avance la aprobación del Plan de 2008 (vigente hasta el 2011) y su evaluación posterior el año siuiente. Pero es un retroceso que desde hace cinco años carezcamos de este instrumento. ¿Es relevante y prioritario para el Gobierno, el Parlamento, las instituciones reiniciar lo paralizado? En este asunto, no solo, entre ellos las ONGs y el tercer sector, sino de un modo particular los actores como el Consejo de la Abogacía Española deben tener voz para remprender un camino hacia la Justicia y la Democracia.

Ojala la resolución del Parlamento Europeo sirva para impulsar que en España se retome la elaboración un nuevo Plan de Derechos Humanos. No solo es conveniente sino muy necesario. Aunque las Comisiones Parlamentarias ya están constituidas, acaso sea momento de lanzar la idea de que la rimbombante por su título pero carente de actividad “Comisión Constitucional” del Congreso pase a ser denominada “Comisión Constitucional y Derechos Humanos”. Sin estos, no hay democracia ni Constitución.

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