13 enero 2016

El Colegio de Valencia suspende el servicio del punto de encuentro familiar por impago del ayuntamiento

El Ayuntamiento de Valencia dispone, a su cargo y desde hace años, de un Punto de Encuentro Familiar (P.E.F) cuya finalidad es facilitar un lugar de reunión neutral para el encuentro entre los miembros de familias en crisis y garantizar el derecho de los menores y de los propios progenitores o familiares a restaurar, mantener o desarrollar una relación adecuada entre estos después de la separación, divorcio o ruptura familiar, siempre en base a una resolución judicial o administrativa.

Las familias con menores atendidos por el mismo, en las distintas funciones que aquel desarrolla, son derivados directamente por los Juzgados de esta ciudad o por la Consellería de Bienestar Social.

Dicho Punto de Encuentro Familiar está atendido por un equipo multidisciplinar y especializado. Profesionales comprometidos con el principio de proteger el interés del menor, desarrollando sus intervenciones, según la función indicada por el Juzgado en cuestión, con objetividad y salvaguardando la igualdad de las partes en conflicto.

Desde el inicio, el Colegio de Abogados de Valencia ha venido colaborando con el Punto de Encuentro Familiar designando los letrados que asisten en el mismo, después de un riguroso sistema de selección que acredita su idoneidad y formación para el desempeño de aquella función, siendo su actuación profesional abonada por el Ayuntamiento de Valencia a través del Colegio.

Sin embargo el Ayuntamiento de Valencia no ha firmado el Convenio para 2015, ya finalizado el año, proponiendo además para 2016 un texto en el que el pago se convierte en subvención, con fiscalización de las Cuentas del colegio valenciano y en el que se pretende que sea el propio Colegio de Abogados quien asuma todas las responsabilidades económicas que se puedan derivar de la prestación de aquel servicio municipal.

El Colegio de Abogados de Valencia ha puesto en conocimiento del Ayuntamiento de Valencia su intención de, con fecha 31 de enero de 2016, suspender el servicio que garantizan los abogados designados, y ello ante los reiterados impagos por parte del Ayuntamiento de Valencia de los servicios prestados por los indicados letrados, por lo que presentará de inmediato la correspondiente Reclamación Administrativa Previa al Contencioso-Administrativo por el importe total de la deuda (desde enero de 2015) a favor de los letrados que han venido prestando aquel servicio, manteniendo su interés en seguir negociando una solución que no perjudique al ciudadano.

De igual forma se dará el oportuno traslado e información al Juez Decano a fin de que pueda tener conocimiento de la situación que, desde hace meses, y con origen en los citados impagos, se lleva sufriendo, ya que el coste del servicio que debe asumir la Administración Municipal, dado el servicio de interés general de que se trata, no lo puede atender el Colegio de Abogados con cargo a las cuotas del resto de colegiados.

El Colegio de Abogados de Valencia lamenta los trastornos y molestias que dicha suspensión del servicio causarán a la ciudadanía, incluida la eventual cancelación de toda nueva derivación desde los Juzgados y Tribunales al PEF por la falta de profesionales al frente de aquel servicio municipal, pero no puede asumir que el Ayuntamiento de Valencia siga manteniendo el citado servicio por profesionales del Derecho sin la atención económica de los mismos.

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