12 enero 2016

El régimen fiscal belga de «beneficios extraordinarios» es ilegal

La Dirección General de Competencia de la Comisión Europea ha concluido que las ventajas fiscales selectivas concedidas por Bélgica en virtud de su régimen fiscal de «beneficios extraordinarios» son ilegales con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales. El régimen ha beneficiado como mínimo a 35 multinacionales, principalmente de la UE, que ahora deben pagar a Bélgica los impuestos no percibidos. Este régimen fiscal de «beneficios extraordinarios», aplicable desde 2005, permitió a determinados grupos empresariales multinacionales pagar sustancialmente menos impuestos en Bélgica por la aplicación de resoluciones fiscales. El régimen redujo la base del impuesto de sociedades de las empresas entre un 50% y un 90% para descontar los denominados «beneficios extraordinarios» que presuntamente resultan de formar parte de un grupo multinacional. La investigación pormenorizada de la Comisión iniciada en febrero de 2015 puso de manifiesto que el régimen constituía una excepción de la práctica habitual con arreglo a las normas del impuesto de sociedades belga y del denominado «principio de plena competencia». La versión no confidencial de las decisiones se publicará con el número de asunto SA.37667 en el sitio web de la DG Competencia, en el Registro de Ayudas Estatales, una vez se hayan resuelto las cuestiones de confidencialidad. El boletín electrónico de información «State aid Weekly e-News» contiene una lista de las últimas decisiones relativas a las ayudas estatales publicadas en internet y en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-42_es.htm

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