02 octubre 2015

El Colegio de Abogados de Granada analiza las claves de la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria

ICA Granada LJVMás de un centenar de abogados granadinos asistió ayer a la jornada formativa organizada por el Colegio de Abogados de Granada para analizar las claves de la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria, publicada en julio de 2015 y que acaba de entrar en vigor. El encargado de analizar la nueva normativa, que introduce cambios muy relevantes en el ejercicio profesional, fue José Arturo Pérez Moreno, miembro del Consejo General de la Abogacía Española y ex decano del Colegio de Abogados de Almería.

En la charla, presentada por el secretario del Colegio de Abogados de Granada, Antonio Mir, el ponente explicó que la nueva Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria deroga la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, y desjudicializa muchos expedientes, que pasan ahora a ser responsabilidad de notarios o registradores.

Tras una tramitación de más de catorce años, la nueva ley, además, moderniza toda la estructura judicial, dotando de más competencias a los secretarios judiciales -renombrados desde ayer mismo como letrados de la Administración de Justicia tras la reforma operada por la LO 7/2015 respecto a la Ley Orgánica del Poder Judicial-.

ICA Granada LJVLa entrada en vigor de la normativa, explicó José Arturo Pérez, supone un importante cambio en el ejercicio profesional de la Abogacía, ya que hay asuntos que, al desjudicializarse, dejan de requerir la intervención de los abogados. El representante del CGAE indicó que, aunque la Ley de Jurisdicción Voluntaria tiene aspectos muy positivos para los ciudadanos y la administración de Justicia, debería haberse mantenido la posibilidad de elegir entre acudir al juzgado o recurrir al notario o registrador en determinados asuntos.

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