04 septiembre 2015

La Abogacía recurre ante la Audiencia Nacional la reforma de las tasas judiciales

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha comunicado la interposición por el Consejo General de la Abogacía Española del recurso contencioso-administrativo presentado contra la Orden HAP/861/2015 que modifica los modelos 696 de autoliquidación y el 695 de devolución de las tasas judiciales.

El BOE del 4 de septiembre ha publicado la Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda para dar cumplimiento al emplazamiento a todos aquellos interesados en este procedimiento para que en un plazo de nueve días se puedan personar en los autos.

La Abogacía considera en su recurso que la norma impugnada adolece del vicio de nulidad por omitirse el trámite preceptivo de audiencia al Consejo de Estado. Tampoco han tenido intervención en su tramitación ni el Ministerio de Justicia ni el Consejo de Ministros, tal y como se deduce del Preámbulo de la Orden, ni han sido escuchados organismos afectados por la norma, como el Consejo General de la Abogacía Española. Además, la Orden impugnada tampoco cuenta con el preceptivo dictamen del Consejo General del Poder Judicial.

La Abogacía ha manifestado su compromiso de seguir luchando para extender la eliminación de las tasas judiciales a los ciudadanos también a las pymes y continuar reclamando diálogo y consenso para alcanzar los cambios necesarios en la Justicia.

 

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