03 septiembre 2015

La estabilidad normativa como elemento de la seguridad jurídica

Por Jesús López-Medel Báscones, abogado del Estado. Ex presidente de la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados

La calidad legislativa está en un profundo retroceso, golpeada por los responsables gubernamentales y también, aunque su protagonismo es cada vez más formal y muy reducido, por los legislativos, juntos con los “técnicos mandarines”, que con extremada prudencia, en su propio beneficio, no advierten a sus jefes en los textos defectuosos acerca de la gran importancia de aquella, la calidad legislativa, uno de los elementos básicos de un valor constitucional, la seguridad jurídica (artículo 9.3 CE).

Son muchas las dimensiones afectadas por esta crisis y bastantes de ellas las he tratado en estas páginas del Newsletter de la Abogacía y en otras publicaciones desde enfoques diversos y, siempre, como no podía ser de otra manera, desde el mismo fundamento, el valor constitucional expresado. En este caso, quiero añadir una nueva perspectiva que añade a la dimensión técnica, sin prescindir de ella para nada, otra de carácter político, en el sentido tan noble como bastardo que tiene su significación actual. Me refiero a la estabilidad normativa.

No son evidentemente los tiempos de las grandes leyes de la última etapa del XIX, que en algunos casos alargaron su vigencia durante siglo y medio, ni las de anterior centuria. Incluso en estos casi 37 años de democracia, desde la Constitución, han cambiado muchas cosas sobre las leyes. Y una de las que se ha activado sobremanera es la rapidez y el vértigo en elaborarlas y aprobarlas. Mejor o peor técnicamente no es lo que se trata en esta ocasión, pero sí desde otro enfoque importante: la estabilidad normativa.

No se trata ni nadie pretende que haya leyes inamovibles sobre las que el tiempo resbale. El dinamismo de nuestra sociedad, el vértigo de cómo evolucionan  ciertos sectores, además del carácter muy impulsivo, cuasi hiperactivo, de la actividad del gobierno como órgano legislativo -es la realidad- y otros elementos, están haciendo que esa sobreabundancia de legislación, además de desordenada y técnicamente defectuosa, tenga una duración previsible de muy corto recurrido. Y eso es también bastante negativo.

La inmediatividad -solo el ahora o, como máximo, la fecha de las elecciones- condiciona el ángulo de visión del gobernante. Le importa el hoy, el hoy, el hoy y solamente el hoy…

Eso hace que legisle no solo pensando en el momento actual sino que, si además lo hace con mayoría suficiente para aprobarlas en solitario, tenga por seguro paciente lector, que en esa carrera de vértigo, cuando no es sólo eso, además de hacerse sin recato trucos en el solitario normativo, producirá leyes que, aunque a su autor no le importe mucho porque piensa erróneamente que va a permanecer siempre, muy poco después quedarán sin efecto.

ELABORACIÓN COMPULSIVA, DEFECTUOSA Y EN SOLEDAD

Dejo a un lado aquí toda valoración política, pero con el vértigo legiferante, la elaboración compulsiva y defectuosa y, sobre todo, pues es lo que aquí más interesa, con la soledad voluntaria en que se han aprobado leyes (y decretos ley con inusitada frecuencia), muchas de estas normas van a durar escasísimo tiempo, aunque, en algún supuesto, el suficiente y mínimo para enfocar la cuestión que les interesaba.

El consenso legislativo, más concreto que el político, tiene, sobre todo, el valor de que las leyes, cuando se elaboran de verdad en el ámbito parlamentario y se hace un reconocimiento interno de que ningún grupo tiene el monopolio de la verdad, supone asumir, desde la posición mayoritaria, que hay ideas interesantes de los otros: Salvo que se parta de un dogmatismo y prepotencia excluyente.

Esto es, -reitero, a nivel normativo- lo que ha sucedido con gran intensidad en estos últimos años. Cuestiones relevantes y que deberían resolverse por acuerdos y pactos se han decidido unilateralmente. Asuntos como educación, sanidad, derechos y libertades, inmigración, justicia y muchos etcéteras han sido aprobados por solo un grupo político sin hacer ningún esfuerzo para incorporar a otros. Y ello tiene tiene un peligro importante: que esas normas tengan una duración muy limitada y se aumente la inestabilidad legislativa

Y es que cuando cambien las tornas -democracia es alternancia-, los nuevos gobernantes procederán a derogar de un plumazo esas normas elaboradas sin su participación y apoyo, suspendiéndolas en algún caso, las más graves, por decreto, y elaborando por vía rápida, en otros, leyes muy diferentes. Aunque tengan fundadas razones y motivos, ojalá que en este proceso, aun cuando sea un escenario más fraccionado y plural, no actúen en todos los casos así, sino que procuren o intenten, buscar encuentros lo más amplios posible.

Las leyes tienen que responder, es legítimo, a los planteamientos políticos del partido o partidos vencedores, sobre todo, para dar cumplimiento a sus compromisos asumidos ante los ciudadanos. Pero ello, insisto, no impide, para bien de los ciudadanos, que se hagan esfuerzos (en estos últimos tiempos fueron nulos) para conseguir, si no en todos los temas, sí en los nucleares, normas más consensuadas, que duren más y que cambien por el dinamismo de los hechos, por nuevos retos o por otras circunstancias, pero no porque “ahora he llegado yo y te voy a imponer a ti MIS leyes”, provocando la inestabilidad normativa de aspectos que se refieren a la vida ordinaria de los ciudadanos.

Tenemos que empezar a recuperar y fortalecer una de los aspectos que hemos perdido o erosionado en estos últimos años: la Seguridad Jurídica, de la cual la estabilidad normativa es una manifestación.

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