01 julio 2015

Ante la presión de periodistas y editores, Catalá se compromete a modificar la prohibición de tomar imágenes de detenidos

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, se ha reunido el martes 30 de junio en la sede del Ministerio con representantes de la Federación de Asociaciones  de Periodistas de España (FAPE), la asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE) y el Foro de Organizaciones de Periodistas (FOP) ante los que se ha comprometido a estudiar la posibilidad de mejorar la redacción del artículo 520.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Dicho artículo insta a adoptar las medidas necesarias para asegurar el respeto al derecho al honor, intimidad e imagen de los detenidos o presos en el momento de su detención así como en los traslados ulteriores.

Atendiendo a las demandas de editores y periodistas, Catalá ha convenido en buscar un texto alternativo que refuerce el equilibrio entre el derecho a la información y los derechos constitucionales del investigado.

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), la Asociación de Editores de Diarios españoles (AEDE), el Foro de Organizaciones de Periodistas (FOP) firmaron el 23 de junio un documento de rechazo a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En el escrito, que supone la primera ocasión en que editores y periodistas plantean sus reivindicaciones de forma conjuntasolicitan a los grupos parlamentarios que rechacen en el Senado el añadido al artículo 520.1, aprobado por el Congreso de los diputados el pasado 2 de junio y relativo a las detenciones, y con el que, a su juicio, se pone en peligro el derecho constitucional a la información.

El Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de Ley Orgánica de Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,  que seguirá su tramitación en el Senado,  en el que se ha añadido al artículo 520.1. referido a las detenciones que “se deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar el respeto a sus derechos constitucionales al honor, intimidad e imagen en el momento de practicarse así como en los traslados ulteriores”.

Esta iniciativa ha originado una gran inquietud entre los periodistas, fotorreporteros y los medios de comunicación en general, en cuanto al fondo de la cuestión.  En primer lugar, porque se pone en peligro el derecho constitucional a la información, no solo aplicable a los profesionales y medios de comunicación que la elaboran y transmiten, sino también a los ciudadanos.

Las organizaciones que suscribimos esta declaración consideramos que los Grupos Parlamentarios de la Cámara Alta deben tener en consideración este aspecto ante una previsible inconstitucionalidad de la futura ley. No sería la primera vez que el Tribunal Constitucional, cuando se produce una colisión entre derechos fundamentales, viene argumentando en sus sentencias que, en asuntos de interés público y con veracidad informativa, ha de prevalecer el derecho colectivo a la información frente al derecho individual al honor, la intimidad y la propia imagen.

Además,  de la misma forma que no se precisan algunos aspectos, considerados faltas graves,  en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana,  recurrida ante el Tribunal Constitucional por la mayoría de las fuerzas políticas, como es el caso del uso de imágenes de miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, la inclusión  del referido párrafo produce un gran desconcierto y provoca una total inseguridad jurídica en profesionales y medios, por no existir definición en cuanto a la forma de poner en práctica la medida de protección propuesta por parte de la autoridad judicial o policial.

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