09 junio 2015

Aplazada otra propuesta de Gallardón: los notarios no podrán casar hasta 2017

  • El Senado aprobará el miércoles 10 de junio la Ley de Jurisdicción Voluntaria en la que se eleva, además, de 14 a 16 años la edad para contraer matrimonio

El PP ha parado en el Senado otra de las medidas anunciada por el exministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón en 2013. Los notarios, a los que iba a concederse a partir de este verano la capacidad de celebrar matrimonios y divorcios de mutuo acuerdo, no podrán hacerlo hasta junio del año 2017.

La novedad, que se ha introducido en la fase de presentación de enmiendas a la Ley de Jurisdicción Voluntaria en la cámara alta, aplaza para dentro de dos años una iniciativa destinada a descongestionar la administración de Justicia.

El retraso viene provocado por el diseño del nuevo Registro Civil cuya gestión, por iniciativa de Gallardón, iba a quedar en manos de los registradores mercantiles y de la propiedad hasta que las dificultades para implementar el proyecto y el rechazo de partidos de la oposición, sindicatos y trabajadores del sector obligaron a que se guardara en un cajón y se pusiera la misma fecha límite para la entrada en vigor de un modelo desjudicializado.

La iniciativa ya sufrió una primera merma en su paso por el Congreso ya que se quitó a los notarios la exclusiva de las bodas y separaciones y se añadió a los secretarios judiciales como alternativa. El texto que salió de la cámara baja poco tiene que ver con el proyecto de ley que aprobó el Consejo de Ministros, que ampliaba el catálogo de actos hasta ahora a cargo de los jueces que debían  desempeñar en exclusividad otros operadores jurídicos, principalmente notarios y registradores.

Esta exclusividad desapareció, modificada a través de las 82 enmiendas introducidas por el PP y destinadas a ampliar estas atribuciones a los secretarios judiciales, como alternativa a los anteriores, “para evitar situaciones de imposibilidad de ejercicio de un derecho, que hasta ahora era gratuito, por falta de medios”.

En el Senado, los ‘populares’ han presentado otras 19 enmiendas, que se incluirán en la Ley que será aprobada mañana por el Pleno. Además de aplazar las bodas ante notario –que iban a costar unos 95 euros, avanzó Gallardón hace tres años– el PP ha modificado otra fecha, en este caso la entrada en vigor de las subastas voluntarias y notariales, que queda para el próximo mes de octubre.

Además, el grupo del PP en la cámara baja elimina la prohibición de que personas con discapacidad actúen como testigos en los testamentos. El Código Civil indicaba hasta ahora que los “ciegos y totalmente mudos” y las personas que “no estén en su sano juicio” no podían hacerlo.

La norma –que volverá de nuevo al Congreso para su aprobación definitiva–  eleva, además, de 14 a 16 años la edad para contraer matrimonio, de acuerdo con la propuesta realizada por los Ministerios de Justicia y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. De esta forma, se equiparan en la legislación española la edad de consentimiento sexual, fijada en 16 en la última reforma del Código Penal, con la de contraer matrimonio.

NUEVAS FUNCIONES

La Ley de Jurisdicción Voluntaria reformada amplía a los secretarios judiciales otras atribuciones conferidas en un inicio a notarios y registradores de la propiedad. Por ejemplo, se ocuparán de autorizar a reclamar créditos vencidos que formen parte de un usufructo y de los expedientes de deslinde de fincas que no estén inscritas en el registro de la propiedad. También dependerán de ellos las subastas electrónicas.

El Proyecto de Ley aprobado por el Gobierno ya les capacitaba para nombrar defensores judiciales, declararán ausencias y fallecimientos, actos de conciliación y nombrarán al administrador, liquidador o interventor de entidades. Intervendrán también en otros actos como la renuncia o prórroga del cargo de albacea, la designación de éste y la aprobación de la partición de la herencia.

El texto deja en manos de los jueces los expedientes en materia de familia, derechos de menores, donaciones de órganos y algunos en materia de derecho sucesorio y mercantil. Se contempla la autorización judicial en el reconocimiento de la filiación no matrimonial o en la donación de órganos de donantes vivos, donde el juez debe comprobar que se realiza voluntariamente sin ningún tipo de coacción.

Los jueces darán la dispensa para contraer matrimonio cuando haya un impedimento por parentesco, determinarán la patria potestad y resolverán los desacuerdos conyugales en la administración de bienes gananciales.

Este proyecto de ley distingue así entre los expedientes tramitados en un juzgado por el magistrado o secretario judicial y aquellos expedientes que quedan en manos de notarios y registradores. Además, permite que muchos se hagan sin la presencia de abogado y procurador en sede judicial.

La norma establece que el fiscal deberá intervenir en los asuntos de menores, personas con capacidad judicialmente modificada y cuando lo justifique el interés público. Los beneficiarios de la justicia gratuita contarán con una bonificación del 80 por ciento en estos expedientes notariales y registrales.

Comparte: