18 mayo 2015

La Abogacía Catalana y la Generalitat firman el protocolo de actuación para poner en marcha el turno de oficio para personas mayores

  • El Consell de l’Advocacia Catalana, Abel Pié y el Departament de Justícia han firmado el protocolo de actuación para la puesta en marcha del servicio de turno de oficio específico para personas mayores y vulnerables, dentro del ámbito de aplicación de la Ley de asistencia jurídica gratuita. El protocolo determina los supuestos en los que procederá designar abogados de este turno de oficio específico, destinado a personas mayores de 65 años que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad y que precisen de actuaciones letradas para la defensa de sus intereses.

El objetivo del protocolo firmado hoy por el president del Consell de l’Advocacia Catalana, Abel Pié, y el conseller de Justícia, Germà Gordó, es determinar las circunstancias y los requisitos necesarios para acogerse a este nuevo servicio del Turno de Oficio, así como las situaciones que serán objeto de protección. Entre estas destacan la denuncia de delitos cometidos por abandono, lesiones, vejaciones, estafas, apropiaciones indebidas o amenazas en el ámbito familiar, personal o institucional. También será objeto de denuncia el no cumplimiento de los deberes legales de asistencia de la tutela, el abandono de una persona declarada incapaz o la no prestación de auxilio a una persona mayor que se encuentre desvalida. Las reclamaciones judiciales contra resoluciones administrativas referentes al reconocimiento del grado de dependencia también serán derivadas a este nuevo servicio, cuando se detecte situación de vulnerabilidad.

Se entiende como situación de vulnerabilidad el estado en que se encuentran las personas que, por razones relacionadas con la falta de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidad de asistencia para realizar las actividades básicas de la vida diaria. También aquellas personas que, por el padecimiento de una enfermedad, no pueden gobernar sus bienes por sí mismas. Las situaciones de vulnerabilidad deberán estar acreditadas por los correspondientes informes médicos o de reconocimiento de grado de dependencia, y será necesario acreditar la falta de recursos para disfrutar del derecho de la asistencia jurídica gratuita.

Corresponderá al Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) de cada uno de los catorce Colegios de Abogados de Catalunya derivar a este nuevo turno de oficio las peticiones que les lleguen por parte de personas mayores vulnerables. Las juntas de gobierno  de  cada  colegio  regularán  y  organizarán  este  servicio  procurando garantizar la especialización de la defensa letrada en los diferentes asuntos.

Una vez firmado este protocolo, todo los Colegios de Abogados que lo deseen podrán iniciar la puesta en marcha de este nuevo turno de Oficio específico, ha explicado el presidente del Consell de l’Advocacia Catalana, Abel Pié, que calcula que antes de este verano ya podrá estar en funcionamiento en muchos de los Colegios catalanes.

El servicio de turno de oficio específico para personas mayores vulnerables será pionero en España. El Consell impulsará programas de formación específica para letrados interesados en adscribirse a este turno, a fin de mejorar la calidad del servicio y atender las problemáticas que afectan a las personas mayores en los diferentes ámbitos jurisdiccionales.

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