27 marzo 2015

La Abogacía considera que los rechazos en frontera incumplen el Derecho Internacional

  • La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía expresa su reprobación a las devoluciones inmediatas y sin garantías de extranjeros introducidas por la recién aprobada Ley de Seguridad Ciudadana

La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía de España, reunida en sesión plenaria hoy 27 de marzo, al día siguiente de la aprobación de la nueva Ley de Seguridad Ciudadana que incluye una enmienda que pretende legalizar las devoluciones inmediatas y sin garantías jurídicas de las personas que accedan a territorio nacional por vía terrestre, queremos manifestar:

1.- Nuestro rechazo a la forma y el fondo de la enmienda aprobada. Se han utilizado caminos que soslayan los necesarios informes previos, y tememos que no por motivos de urgencia, sino ante la seguridad de que estos informes serían desfavorables. El texto es contradictorio en sí mismo, pues el apartado 2 de la nueva Ley reclama la sujeción al Derecho Internacional en la ejecución de las devoluciones inmediatas, y sin garantías jurídicas los rechazos jamás pueden cumplir tal Derecho Internacional. Ni se cumple con ello el objetivo de legalizar las “devoluciones en caliente” ni por tanto es probable que se exculpe a los agentes imputados ni tampoco se otorga seguridad jurídica a nadie por su falta de claridad.

2.- Las sucesivas propuestas que desde el partido del Gobierno se han presentado no han hecho sino empeorar la norma, al ampliar su ámbito de aplicación, que en un principio venía restringido a tan sólo entradas masivas o de grupos, y ahora se puede aplicar a cualquier caso individual.

3.- En cuanto la Ley sea publicada en el BOE, la Subcomisión de Extranjería pondrá a disposición del Gobierno y de los medios de comunicación, una propuesta de protocolo de actuación conjunta por parte de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y el resto de agentes jurídicos, que permita una aplicación normativa que verdaderamente respete el Derecho Internacional de derechos humanos, y que, por tanto, no tendrá en cuenta la nueva figura que se ha pretendido crear del “rechazo en frontera”.

4.- Las maniobras hechas en los últimos días para aparentar que se da cumplimiento al menos al derecho de asilo en las fronteras de Ceuta y Melilla están siendo absolutamente insuficientes. Las oficinas abiertas para la solicitud de asilo en frontera -de acceso claramente limitado por las circunstancias de los propios puestos fronterizos donde se sitúan- son ineficientes para todos aquellos que no consigan superar los impedimentos previos y además insuficientes para la demanda que está habiendo -tan sólo de ciudadanos sirios- que deben esperar en condiciones inadecuadas a que simplemente se les tramite la solicitud y sean trasladados a un CETI sobresaturado.

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