12 febrero 2015

Sánchez Stewart: “El blanqueo ha alcanzado dimensiones tan importantes que puede afectar a cualquier abogado”

Por su interés, se reproduce a continuación la entrevista que ha publicado la Revista del Colegio de Abogados de Granada ‘Testigo de cargo’

El 14 de octubre, el recién creado Grupo de Prevención de Blanqueo de Capitales del Colegio de estrenó su seminario formativo por todo lo alto. Para su sesión inaugural, que fue incluida en la programación especial de Santa Teresa, contó con uno de los mayores expertos en la materia, el presidente de la Comisión Especial de Prevención de Blanqueo de Capitales del Consejo General de la Abogacía, Nielson Sánchez Stewart.

  • Redactora: Guadalupe Sánchez Maldonado
  • Fotos: Pepe Villoslada

-Como especialista en la materia, ¿cree que es suficiente la actual legislación para prevenir el blanqueo de capitales? ¿Sería necesario completarla para hacerla más efectiva?

-Creo que la actual legislación es más que suficiente. Otra cosa es que sea satisfactoria. Es una normativa que va en contra del sistema: sanciona una auténtica inversión de la carga de la prueba en que lo que hay que acreditar es el origen lícito de los bienes que se posean. Hay una presunción de culpabilidad. Se atenta contra la personalidad de las sociedades en busca del último titular, se elimina el principio de confianza que debe regir las relaciones sociales, se permite el acceso a datos personales más allá de su protección…

-En el caso de los abogados, ¿afecta a todos por igual o es una cuestión que atañe únicamente a los grandes despachos?

-Desde luego que no, afecta a toda la profesión. Singularmente a quienes se dedican al asesoramiento inmobiliario, mercantil o financiero en derecho hipotecario, fiscal y mercantil, pero a todos porque el blanqueo de capitales ha alcanzado dimensiones tan importantes que cualquier abogado que esté defendiendo a un presunto delincuente puede verse inmerso en el problema por el simple hecho de recibir sus honorarios de quien no tiene métodos lícitos de ganarse la vida.

-¿Puede haber blanqueo de capitales en cualquier sector? Porque habitualmente se relaciona más con el sector inmobiliario o similares…

-Nunca he podido entender esa aparente preferencia de los blanqueadores por invertir en el sector inmobiliario cuyo tráfico es complejo ya que requiere la intervención de múltiples sujetos obligados y cuya enajenación es más difícil. En todo caso, existe blanqueo en muchos otros campos, el comercio de obras de arte, joyas, acciones…

-¿Hay que estar atento ante cualquier cliente? ¿Cuáles son los supuestos más habituales?

-Hay que prevenir antes de curar. Lo importante es llegar a conocer al cliente y puede haber blanqueo cuando la operación que se somete al abogado “no encaja” porque hay una desproporción entre su volumen y los datos que suministra o se obtienen de quien solicita los servicios legales.

-¿Cómo casa la prevención del blanqueo de capitales con el secreto profesional? ¿Cómo se puede salvaguardar este último si hay sospechas de que el cliente tiene la intención de blanquear dinero?

-El abogado tiene dos funciones en cuyo desarrollo debe guardar secreto de todos los hechos o noticias que llegan a su conocimiento: la defensa y el asesoramiento o consejo jurídico. En el ejercicio de la defensa, el abogado no es sujeto obligado por lo que no está sujeto a las imposiciones de la Ley de Prevención del Blanqueo. En materia de asesoramiento, está obligado pero cuando participa en la concepción de operaciones mercantiles, inmobiliarias o fiscales, no cuando se limita a dar puro y simple consejo. La línea divisoria es sinuosa y, a veces, no demasiado clara. Por eso el Consejo General de la Abogacía Española ha creado un servicio de consulta sobre estas materias abierto a todos los colegiados de España.

-¿Cuáles son las obligaciones del abogado ante los casos sospechosos de blanqueo?

-Las obligaciones son comunes a todos los casos en que se solicite la actuación del abogado en las materias en que es sujeto obligado y pueden resumirse en cinco: conocer al cliente, seguir el rastro del dinero, conservar la documentación, dar cuenta de las sospechas al Servicio Ejecutivo y abstenerse de actuar cuando esta situación se produzca. Las obligaciones formales también existen para quienes no son microempresas, en la terminología de la Unión Europea.

-¿Cuándo debe actuar y cómo debe proceder?

-Cuando después de realizar la diligencia debida -conocimiento del cliente y del origen de los fondos- y después de un examen especial de la operación, hay indicios o certeza de blanqueo, debe comunicar a la unidad financiera del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales estas sospechas y las gestiones que ha realizado, absteniéndose de seguir adelante y de notificar a su cliente que ha realizado esta comunicación. Luego, suministrar al Servicio la información que se le requiera.

-En su ponencia en el Colegio de Abogados, aseguró que la Ley 10/2010 equipara a los abogados con todo tipo de profesionales (economistas, asesores fiscales…). ¿Sería necesario diferenciarlos?

-La Ley 10/2010 equipara a los abogados con todos los sujetos obligados sin hacer distingos en cuanto a tamaño, volumen o frecuencia de las operaciones. Esto ha venido a ser solucionado parcialmente por el Reglamento aprobado en mayo –se le esperaba como agua de mayo- que ha excluido de una serie de obligaciones formales –aprobación por escrito de una política de admisión de clientes, examen anual por experto externo, programación también anual de cursos de formación y otros- a los sujetos obligados que ocupen a menos de diez personas, facturen menos de dos millones de euros al año y su balance sea inferior a esa cifra. Sí quedan obligados a los restantes deberes.

-También abogó por la creación de un órgano centralizado en Prevención de Blanqueo de Capitales en el seno del Consejo General de la Abogacía Española. ¿Cuáles serían las funciones de ese órgano? ¿Cómo ayudaría a los letrados?

-La creación de este órgano es ya una necesidad después de la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el asunto Michaud, que justifica la imposición de las obligaciones a los abogados en la existencia de un “filtro” papel que en Francia, país del promotor del recurso, desempeñan los decanos de los Colegios de Abogados y que en España desempeñaría el Órgano Centralizado de Prevención. Estimularía la necesaria colaboración de los Abogados a la prevención, les orientaría y les representaría ante el SEPBLAC.

-La relación entre el blanqueo de capitales y la corrupción es innegable, ¿cómo valora la situación que atraviesa España, con casos de corrupción política que ocupan los titulares de los periódicos un día sí y otro también?

-Es una vergüenza nacional que está dando margen al desprestigio creciente de la llamada clase política y a la aparición de movimientos inspirados en la demagogia que, históricamente, nunca han resuelto nada.

-¿Cómo puede atajarse una situación como esta?

-A través de una profunda regeneración moral y de reformas que desprofesionalicen la política, que debe ser mirada como un sacrificio que se hace en beneficio de la comunidad y que, por lo tanto, el paso por ella debe ser efímero con renovación constante de los cargos públicos.

-¿Cómo valora las reformas que ha experimentado la Justicia en los últimos años? Las medidas impuestas por Alberto Ruiz Gallardón, que todavía no han sido revisadas por su sucesor, han puesto en pie de guerra a la Abogacía…

-No son demasiadas las reformas que ha experimentado la justicia en los últimos años y la adopción de medidas es urgente. El Ministerio de Justicia no ‘vendió’ bien las que impulsaba, con mayor o menor acierto, y esto provocó que los afectados se resistieran al no estar convencidos que los cambios traerían aparejados una mejoría. Pero que hay que cambiar es innegable.

-¿Qué necesita, a su juicio, la Justicia española?

-Los medios nunca están de más pero está claro que lo importante son los fines. Creo que hay que aumentar el número de jueces, reclutarlos entre abogados de experiencia –hay muchísimos-, hacer que evolucione el concepto de Juzgado, ir a la especialización, fomentar el arbitraje y, fundamentalmente, tomar conciencia de que la justicia es un servicio público y que como tal debe funcionar.

 

Comparte: