22 enero 2015

Un Código Penal contra los derechos de los ciudadanos

El Congreso de los Diputados –con el voto del partido Popular y la oposición de todos los demás grupos parlamentarios- ha dado el visto bueno a una reforma del Código Penal que incluye, entre sus aspectos más destacados, la prisión permanente revisable. Una figura penal que es inconstitucional, como hemos manifestado desde la Abogacía en todas las alegaciones que hemos presentado durante la tramitación del proyecto de ley.

La prisión permanente, revisable o no, es contraria al artículo 10 de la Constitución, relativo a la dignidad de las personas; al artículo 15, referido a la prohibición de penas inhumanas, crueles y degradantes; y al artículo 25 de la Carta Magna, que recoge que las penas privativas de libertad se han de reorientar a la reeducación y reinserción social de los penados.

Los legisladores no pueden introducir reformas legislativas, en especial las de ordenamiento penal, basadas en la alarma social que producen determinados hechos delictivos, por graves y repulsivos que sean. Además, las reformas de este calado requieren de un amplio consenso y de un debate en profundidad que acredite la necesidad de llevar a cabo este endurecimiento penal.

El Código Penal aprobado en 1995 ha sufrido innumerables reformas, podríamos decir que todas al calor de algún suceso que ha ocupado gran espacio en los medios de comunicación. Una vez más, hay que recordar que los problemas sociales no se resuelven con un endurecimiento de las penas sino por otros medios.

Es cierto que la prisión permanente es el punto de la reforma que más titulares ha generado, pero no debemos olvidar otros aspectos que también son muy relevantes. Con esta reforma se suprimen las faltas, históricamente reguladas en el Código Penal, y se derivan al sistema de sanciones administrativas y civiles. Esto supone un doble perjuicio para el ciudadano, puesto que deberá abonar tasas judiciales para recurrirlas y además se pierde la tutela del juez imparcial e independiente, siendo los órganos administrativos los que decidan. Los perjuicios para los ciudadanos se ven claramente con un ejemplo: muchos de los accidentes de tráfico con resultado de muerte o lesiones que hoy se juzgan por la vía penal pasarán a la vía civil, en la que los ciudadanos deben afrontar unas tasas judiciales de las que están exentos en la vía penal. También hay importantes recortes en derechos como el de reunión o los de libertad de expresión e información.

Pero las críticas a este proyecto de Código Penal no proceden solo de la Abogacía. Las han hecho organizaciones como Amnistía Internacional o la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información o, incluso, la nueva fiscal general del Estado. Y un grupo de 63 catedráticos de Derecho Penal de 33 Universidades públicas han impulsado un manifiesto en el que expresan sus reproches a este proyecto por ser de una “enorme pobreza técnica”, utilizar de forma deliberada y constante “términos ambiguos”, recoger un incremento de la gravedad de muchas conductas cuyo único efecto seguro es el “aumento de una población penitenciaria ya suficientemente elevada” y porque algunos de los cambios sustanciales se han introducido después de que los textos pasaran por el Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial, “burlando así la obligación legal de someterlos al dictamen de estos organismos”.

Quiero, por último, reiterar la disconformidad de la Abogacía con otras reformas legislativas vinculadas al Código Penal que afectan a los derechos fundamentales de los ciudadanos como la futura Ley de Seguridad Ciudadana, en relación, por ejemplo, a las mal llamadas “devoluciones en caliente” de inmigrantes en la frontera, o la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por la inconstitucionalidad de las escuchas sin autorización judicial y la contestada eliminación de la asistencia letrada al detenido para la toma de muestras de ADN.

Ahora la reforma del Código Penal llegará al Senado. Los senadores tendrán ahí la oportunidad de reconducirla para evitar que se instaure un texto legal que suponga un retroceso en Derechos Humanos y una clara restricción de derechos civiles.

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