18 noviembre 2014

La Abogacía rechaza la nueva redacción para legalizar las devoluciones en caliente

La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española  advierte de que las devoluciones sobre la marcha de inmigrantes en las vallas de Ceuta y Melilla, aunque sólo vayan a producirse cuando se produzcan saltos en grupo, son contrarias al orden constitucional y a los convenios internacionales que tiene suscritos España.

Así lo explicaba en declaraciones a Europa Press el portavoz de este organismo, Francisco Solans, en relación al cambio introducido por el PP en la enmienda a la Ley de Seguridad Ciudadana que creará la figura del “rechazo en frontera” para legalizar la devolución sobre la marcha de los migrantes que sean interceptados en el salto de la valla y no hayan superado el despliegue policial situado a continuación, ya en territorio español.

Para el experto, “no existe un problema jurídico” en las vallas de Ceuta y Melilla que motive la regulación de esta práctica contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos, “sino un problema de medios”, ya que “es perfectamente viable cumplir la ley, pero cuesta un dinero que no se quiere gastar”.

“Que pongan a la Guardia Civil no sólo las dos oficinas para pedir asilo, sino los medios para poder recibir a la gente que cruza, tramitar el expediente de devolución inmediatamente, admitir a los que se tengan que admitir y devolver al día siguiente o en horas a esa persona por la puerta. Eso es lo que se tiene que hacer legalmente, pero cuesta dinero”, ha sentenciado.

Ante la posibilidad de que la regulación ampare la devolución en grupo de quienes saltan también en grupo, recuerda que “están expresamente prohibidas las actuaciones colectivas por el Convenio Europeo de Derechos Humanos (el Protocolo 4 así lo recoge) y por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”.

El experto incide que da igual si se trata de “expulsión, devolución, rechazo en frontera o lo que sea”, lo importante es que al hacerlo en grupo se conculca el derecho de la persona a ser escuchado en un proceso con garantías jurídicas y no se ejecuta su deportación de forma “individual y motivada”, como mandan tanto la jurisprudencia del mismo tribunal como la legislación nacional e internacional al respecto.

“Nadie discute que una persona intente cruzar y se le ponga una valla. Las concertinas son otra historia, pero nadie ha discutido que se levante un elemento de contención físico para que la gente no cruce. La cuestión es que una vez cruzada la frontera, tanto por Derechos Humanos como por orden constitucional y por compromisos internacionales, esa persona, se haga lo que se haga finalmente con ella, tiene derecho a ser oída”, destaca el letrado.

Además, incide en que la frontera, pues obedece a “una delimitación física” y aunque el Ministerio del Interior quiera mantener “un concepto operativo” que sitúa la entrada en España más allá de los guardias civiles desplegados en las inmediaciones de la valla, “no es así” y “no se pueden hacer cábalas para ensancharla o para convertirla en otra cosa”.

IDENTIFICACIÓN INDIVIDUAL

Por su parte, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) critica que el PP haya modificado su propuesta de legalización de las devoluciones en caliente introduciendo la salvedad de que concurrirá el rechazo en frontera cuando el salto sea en grupo, ya que, conforme recuerda, el Estado tiene la obligación de identificar individualmente a cada migrante interceptado, haya saltado solo o no.

“Aunque entren en grupo, la identificación tiene que hacerse individualmente, el Estado tiene la obligación de indentificar a cada persona, facilitarle un letrado, un intérprete y ofrecerle acceso a una tutela judicial efectiva, algo que si se produce la devolución con la figura que ellos están planteando como rechazo en frontera, no se garantizaría”, explica la secretaria general de CEAR, Estrella Galán, en declaraciones a Europa Press.

En su opinión, se trata “de nuevo, de una barbaridad” por la que “ya se le ha tirado de las orejas al Estado español en el pasado” y que “atenta contra el Convenio Europeo de Derechos Humanos, donde las expulsiones colectivas están expresamente prohibidas” y “contra la Convención de Ginebra”, cuyo artículo 33 está redactado en el mismo sentido.

Galán recuerda que una vez una persona ha cruzado la frontera “está sujeta a la soberanía española y tiene derecho a unas garantías, ya haya entrado de forma grupal o individualmente”. “No sé si es que los representantes del Ministerio del Interior o sus asesores están obviando esta circunstancia, pero realmente todavía agrava más la situación porque hace más obvio que lo que se pretende es hacer devoluciones sumarias y colectivas”, ha añadido.

Además, plantea que el redactado “estigmatiza a la inmigración, presentándola una vez más como un fenómeno violento”. “Con esa estigmatización lo que se pretende es desproveer a esas personas de sus derechos”, denuncia la secretaria general de CEAR.

 SALTO EN GRUPO

El Grupo Parlamentario Popular ha matizado su propuesta para delimitar la aplicación de la nueva figura del ‘rechazo en frontera’ a aquellos inmigrantes que sean detectados en la “línea fronteriza” intentando saltar “en grupo” las vallas fronterizas de Ceuta y Melilla.  Así lo ha decidido durante la reunión de la Ponencia parlamentaria que estudia el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana al que el PP presentó una enmienda en la que planteaban una disposición adicional específica para recoger en la Ley de Extranjería una nueva figura, la del del ‘rechazo en frontera’ de los inmigrantes que tratan de entrar en España por Ceuta y Melilla. En su planteamiento inicial, los ‘populares’ no especificaban si el intento de entrada debía ser en grupo o de forma individual. El lunes 17 de noviembre replantearon la enmienda.

“Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta y Melilla mientras intentan superar, en grupo, los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España”, afirma el texto de la enmienda modificada a última hora por el Grupo Popular y recogida por Europa Press.

De esta manera, se suprime del redactado inicial el reconocimiento de la posibilidad de que inmigrantes sean rechazados en la línea fronteriza de Ceuta y Melilla ante el “cruce no autorizado de la frontera de la frontera de forma clandestina, flagrante o violenta” y ahora se reconocen los saltos grupales de la misma a los “elementos de contención”.

En declaraciones a los medios al término de la reunión, el portavoz de Interior del PP, Conrado Escobar, explicó que la novedad “fundamental” es que se incorpora el “concepto grupal”, que implica “una organización tendente a violentar las fronteras”.  Según dedfendió, se recoge en la ley este aspecto para “garantizar” el perímetro fronterizo de Ceuta y Melilla, las fronteras de todo el mundo que “más tráfico” de personas tienen.

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