21 octubre 2014

Murcia deberá pagar 600.000 euros a unos padres por los daños cerebrales que su bebé sufrió en el parto

El Tribunal Supremo ha obligado a la Consejería de Sanidad de la Región de Murcia a indemnizar con 600.000 euros a los padres de un niño que sufrió graves daños cerebrales durante el parto ocurrido en el hospital Los Arcos.

En una sentencia difundida hoy, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por los progenitores contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia en junio de 2012, que fijaba el pago en 300.000 euros. La Consejería de Sanidad se opuso a atender la reclamación del matrimonio. La sentencia, cuya ponente es la magistrada María del Pilar Teso, establece que no hubo una adecuada praxis sanitaria y aprecia una relación de causalidad entre los hechos y el daño producido al hijo de los recurrentes al nacer.

La resolución se basa en el informe del médico neuropediatra del Hospital Virgen de Arrixaca que declaró que el diagnóstico de la encefalopatía que padece el menor se produjo en el momento del nacimiento. Los magistrados recuerdan que la sentencia de instancia examinó los informes médicos y concluyó que había signos un “poco alarmantes” como eran los DIPS II (deceleración del parto) que recomendaban a la matrona comunicar esas deceleraciones al ginecólogo para que adoptara las decisiones que considerara oportunas.

Sin embargo, no consta que la matrona avisara al doctor para comprobar el monitor fetal y tampoco consta cuándo se dejó de administrar oxitocina a la paciente. El propio doctor reconoció que le hubiera gustado que la matrona le hubiera avisado de estas deceleraciones.

Según la sentencia, la bradicardia que apareció veinte minutos después evidencia una pérdida de bienestar fetal -“origen de las lesiones producidas”- y evidencia que estaba anunciada y precisaba al menos de una observación, interpretación y evaluación por un especialista desde que se produjeron las primeras señales de alarma.

“De poco sirve, en definitiva, una monitorización fetal, para evitar situaciones de sufrimiento del feto, si luego no se observa el monitor o se prescinde las señales de alerta que emite””, concluye.

4.510 EUROS EN TASAS

Los padres de Aarón- el niño que sufrió los daños cerebrales-  comenzaron su batalla legal en 2003 poco después del parto. En 2005, reclamaron un millón de euros en el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que determinó, siete años después, que el Servicio Murciano de Salud les indemnizase con 300.000 euros. Al no quedar conformes con la sentencia, recurrieron en casación al Supremo, pero la Ley de Tasas les pilló preparando el recurso. Solo tenían ahorrados 1.800 euros y en unos días tuvieron que reunir 4.510 euros que no tenían, dado que ambos estaban en paro.

Pagaron la tasa el 15 de febrero de 2013. El día 22 entró en vigor el decreto ley que suavizó las tasas y amplió la justicia gratuita. Las secuelas de Aarón le hacían beneficiario y sus padres reclamaron los 4.500 euros.

“Es evidente que la sentencia que dictó la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia era injusta, y por eso la recurrimos ante el Supremo.  Pero para ello hubo de pagarse un dineral de tasas.  Ahora el Supremo reconoce que el TSJ lo hizo mal, que el recurso estaba más que justificado, pero las tasas quedan pagadas y no se devuelven por ese motivo.  Si el niño no hubiera obtenido el beneficio de la justicia gratuita (y por eso le van a devolver las tasas), habrían quedado pagadas sin derecho a devolución pese a haber recurrido con toda la razón. Curioso, ¿verdad?”, dice con cierta amargura a pesar de la satisfacción por la sentencia el abogado de los padres, Pedro García-Valcárcel.

Pero más de un año y medio después, de reclamar el dinero de las tasas, los padres de Aarón siguen esperando la devolución de Hacienda.

 

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