21 octubre 2014

Carnicer vuelve a denunciar que las “devoluciones en caliente” violan las leyes

El presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Carlos Carnicer, denunció ayer que las devoluciones “en caliente” de inmigrantes en las fronteras de Ceuta y Melilla “se producen con violación manifiesta de la legislación vigente”.”El territorio español empieza donde empieza la alambrada y evidentemente, sea como sea, cuando una persona traspasa ese acceso tiene derecho a que se le tramite un expediente, con un abogado que le defienda y una audiencia del señor o señora que haya saltado la valla”, ha explicado.

La Abogacía Española reitera que esta cuestión tan “elemental” la viene denunciando desde hace tiempo e incluso instó hace meses a la Fiscalía General del Estado que investigara estos hechos, aunque todavía la Administración no le ha dado una contestación.”Desde los famosos disparos de pelotas y el trágico ahogamiento de más de una docenas de personas, venimos denunciando lo mismo; se vienen transformando los aspectos físicos de la frontera, pero la conducta más o menos viene a ser la misma”, explicó Carnicer en una rueda de prensa sobre el premio concedido por el Consejo de Europa al Expediente Electrónico de Justicia Gratuita.

La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía ha puesto de manifiesto en reiteradas ocasiones que todo expediente administrativo, también en el caso de expedientes de devolución, conlleva al menos lo siguiente: en primer lugar una comunicación o notificación de apertura de expediente en el que se garantice la asistencia al expedientado de un abogado (artículo 22 de la Ley) y con esa asistencia poder alegar las oportunas causas de exención de la devolución: humanitarias, solicitud de protección internacional, y prestar su colaboración en la lucha contra las supuestas mafias. En ese expediente se realiza una somera identificación de la persona, a la que se le debe notificar una resolución que puede ser objeto de recurso, con el auxilio de su abogado. Debe permitírsele dejar constancia de su voluntad de recurrir tal resolución (artículo 23) y la designación de ese abogado para tal fin.

En cualquier caso debe exigirse tanto a España como a Marruecos el máximo respeto de los Derechos Humanos de las personas devueltas.

 

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