10 octubre 2014

Presidenta de la AP de Navarra: “La víctima de violencia de género debe tener un abogado antes de la denuncia”

Esther Erice es presidenta de la Audiencia Provincial de Navarra, profesora de Derecho Penal en la Universidad Pública de Navarra y experta en Violencia de Género. Ha sido la encargada de abrir el II Encuentro de Abogadas y Abogados de Violencia de Género que se celebra en el Colegio de Abogados de Badajoz entre el 9  y el 10 de octubre.

Pregunta.- La Ley integral contra la violencia de género ha cumplido diez años y parece que es el momento de hacer balance. ¿Cuál es el suyo?

Respuesta.- La Ley ha supuesto un avance como texto legislativo, pero ello no es suficiente. Además de tener un buen texto legislativo tenemos que aplicarlo,Presidenta AP Navarra y el examen creo que debiera ser no solamente de la norma lesgislativa, sino de la aplicación que hemos hecho. Dentro de esta aplicación está el funcionamiento del ámbito jurídico en el que estamos inmersos magistrados, jueces, abogados, fiscales, etc, pero hay otras áreas de la Ley integral que son imprescindibles para un correcto enjuiciamiento que se desarrollan fuera del proceso, con carácter previo simultáneo y posterior. En ese sentido la Ley integral tiene todavía mucho camino en la implementación, que está directamente relacionado también con la dotación presupuestaria y con la sensibilidad de los distintos agentes (sanidad, educación, medios de comunicación…) que en ello han de trabajar.

P.- ¿En qué aspectos cree que es necesario introducir mejoras?

 R.- Como texto, después de los pronunciamientos del Constitucional y el Supremo sobre la Ley, es obvio que se despejaron todas las dudas de constitucionalidad y los perfiles de aplicación del texto normativo, aunque todavía le quedan a la jurisprudencia ámbitos que no han sido debatidos. Pero se ha avanzado mucho porque han sido varios años de aplicación del mismo texto legal, cosa que hacía tiempo que no sucedía. Desde las recomendaciones efectuadas por organismos internacionales y declaraciones de Naciones Unidas y del Consejo de Europa hubo una cascada legislativa que no dejaba el tiempo preciso para dictar jurisprudencia, porque se sucedían unas normas a otras.

P.- Pero esto ya no es así, ¿no?

R.- No. Ahora estamos en un periodo de asentar la interpretación de la Ley Integral. Pero, aunque se considere una norma adecuada, todo es mejorable, y las mejoras tendrían que venir una vez más de la mano de la sociedad internacional en que estamos insertos, del conjunto de nuestro entorno geográfico. Habría que tener en cuenta lo establecido en el Convenio de Estambul, que ha entrado en vigor, ratificado por España, el 1de agosto de 2014 y que en materia de protección en la violencia contra la mujer supone un avance importante.

Las propuestas técnico jurídicas de modificaciones de mejora están hechas hace tiempo por los operadores jurídicos tanto en derecho sustantivo como procesal. Qué duda cabe que también aprendemos de los propios errores, y ahí está el dictamen del CEDAW (Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer) que hace una serie de recomendaciones al Estado Español, no por el mal funcionamiento de los órganos judiciales entendido como la resolución del juez, sino un mal funcionamiento en nuestro conjunto como responsables de la respuesta estatal. Por lo tanto incluye a jueces, magistrados, fiscales, abogados y servicios de apoyo.

P.- Una de las reivindicaciones constantes de la Abogacía es que la víctima cuente con asesoramiento y asistencia letrada desde el primer momento, desde antes de poner la denuncia en comisaría. ¿La comparte?

R.- No sólo estoy de acuerdo, sino que creo que es fundamental y lo he solicitado. Algunos gobiernos autonómicos financian un servicio de apoyo específico, incluso con carácter previo. De esta forma, los Colegios de Abogados pueden tener unos horarios de asistencia para la mujer que quiere interponer una denuncia, o que cree que quizás está inmersa en este fenómeno, porque a veces no saben exactamente a qué punto llega su situación, si lo que viven vulnera o no el ordenamiento, qué consecuencias puede tener un procedimiento penal para ellas y para sus hijos. Todo esto, antes de una decisión tan importante para sus vidas, requiere asesoramiento. Y el asesoramiento legal debe ofrecerse desde un principio.

Y desde luego, desde el momento que ponen la denuncia es conveniente que tengan un letrado en todos los procedimientos, incluidas gestiones administrativas. Pero que tengan con carácter previo asistencia letrada es muy importante porque eso les permite saber: uno, el alcance de su propia situación, y dos: qué pueden esperar del sistema y cómo deben actuar, cuál es el momento en que se encuentran y hasta qué punto sus expectativas son satisfechas o no por el sistema. Y para eso es imprescindible un letrado.

 

 

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