05 agosto 2014

La asignatura pendiente para septiembre

Llega agosto y mucha gente inicia sus vacaciones. Es lo que ocurre con el Gobierno, que el viernes 1 celebró el último Consejo de Ministros del curso político, pero se marcha sin tener los deberes hechos, dejando una importante asignatura pendiente: el diálogo.

La Ley de Justicia Gratuita, a la que se han incorporado enmiendas negociadas con la Abogacía, tiene todavía fallos que van a lastrar un servicio público fundamental para los ciudadanos. Tal como está no es aceptable. El Gobierno todavía tiene tiempo para dialogar y rectificar los errores. Los ciudadanos se lo merecen. El ministro de Justicia ya ha anunciado reformas en la Ley Orgánica del Poder Judicial en la línea que había reclamado la abogacía: no se suprimirán los partidos judiciales y los tribunales de instancia pierden el adjetivo de provinciales. Es un paso adelante, pero somos cautos hasta conocer el texto concreto. Y hay otros muchos puntos importantes que deberían ser negociados. El Gobierno todavía tiene tiempo para dialogar y rectificar los errores. Y sigue pendiente la Ley de Servicios y Colegios Profesionales. El retraso en su aprobación, que tal vez se deba a que el Gobierno está reflexionando sobre los perjuicios que esta ley puede causar a profesionales, a ciudadanos y a la economía del país, tampoco nos deja tranquilos porque sigue faltando lo más importante: voluntad de escuchar, dialogar y negociar como le reclamamos desde la Abogacía, como es exigible en una sociedad democrática. Pero todavía hay tiempo.

Tal y como está redactado, el proyecto no soluciona los problemas existentes y crea otros nuevos. Tampoco se aprovecha la oportunidad para modernizar los Colegios Profesionales. La nueva regulación fija las cuotas colegiales en 240 euros al año, lo que condenaría a la desaparición a muchos Colegios, con la siguiente pérdida de puestos de trabajo. En un país en el que cerca de 6 millones de personas no tienen un empleo, la aprobación de esta norma tal y como está actualmente supondría aumentar esta cifra en hasta 10.000 personas.

Los Colegios Profesionales tienen su razón de ser en la protección de materias sensibles que afectan a los ciudadanos, como la salud y la justicia. Una de las labores más importantes de los Colegios es garantizar que los profesionales que atienden a los ciudadanos cumplen las normas deontológicas de cada profesión. Con la nueva norma, la no colegiación obligatoria de los abogados que tengan una relación laboral con su cliente, como los abogados de empresa, implicaría una absoluta falta de control deontológico y disciplinario.

En cuanto al lugar de colegiación, es evidente que ésta debe efectuarse en el lugar donde esté el domicilio profesional del abogado. La libre elección por los abogados del Colegio al que adscribirse supondría una desvinculación real del colegiado con respecto al Colegio y afectaría a servicios eminentemente territoriales, como la prestación del Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita. Además, no es cierto, como se ha señalado desde el Gobierno, que esta nueva norma sea una reclamación de la Comisión Europea.

El último Consejo de Ministros del curso sí ha remitido a las Cortes Generales el proyecto de Ley de la Jurisdicción Voluntaria, cuya necesidad era compartida por este Consejo y sobre el que hemos mantenido una postura muy semejante a la expresada por el Consejo General del Poder Judicial.

El texto recoge numerosos procedimientos de la jurisdicción voluntaria que sobrepasan dicho concepto y amplía los actores jurídicos más allá de los órganos judiciales, además que no considerar preceptiva la intervención del abogado en numerosos casos. Esto supone un gran error: si la asistencia letrada no es preceptiva, el justiciable sin recursos económicos se verá privado del beneficio de la asistencia gratuita por parte de un abogado, generando desigualdades procesales a costa de reducir el coste de los expedientes. La intervención de un abogado en estos procedimientos requiere un criterio general, de lo que adolece este proyecto de ley.

Por otro lado, la jurisdicción voluntaria debe evitar procesos y no provocarlos. Si se produce oposición en este procedimiento delante de un Notario o Registrador, habría que parar el proceso y acudir a los tribunales, con el consiguiente retraso, que es justo lo contrario de lo que se persigue con esta ley.

En este sentido, sería conveniente impulsar el Acto suscrito por abogado, tal y como se hace ya en Francia, por el que el abogado atestigua en un acto privado haber ilustrado plenamente a la(s) parte(s) que asesora, sobre las consecuencias jurídicas del acto.

Nadie duda de que la abogacía es un actor esencial para avanzar con seguridad hacia una Justicia más eficaz, ágil y con garantías. Y es más, nuestra obligación es compartir la amplia experiencia y conocimientos que atesoramos con quienes han asumido responsabilidades políticas

Casi todo se puede solucionar con el diálogo. Esperemos que la repesca de septiembre no pille al Gobierno sin haber hecho los deberes durante las vacaciones.

 

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