03 agosto 2014

Examen de acceso

A modo de ejemplo, se recogen varios tipos de prueba y sus resultados:

La Ley de Acceso 34/2006 establece los requisitos para obtener el título profesional de abogado; el Reglamento desarrolla las condiciones de obtención del título profesional de abogado. El cumplimiento de tales requisitos se realizará mediante pruebas de evaluación, una vez superado el máster de acceso a la Abogacía. El ejercicio permanente en España de las profesiones de abogado y procurador con título profesional obtenido en otro Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo se regulará por su legislación específica.

Características de la prueba

En cuanto a las características de la evaluación, el Reglamento establece lo siguiente:

  • Evaluación única e idéntica para cada profesión en todo el territorio nacional (Art. 17.1).
  • Prueba escrita que constará de una prueba objetiva de respuestas múltiples (Art. 17.3).
  • La nota final de la evaluación será apto o no apto.
  • Las evaluaciones serán convocadas por los Ministerios de Justicia y de Educación con periodicidad mínima anual, publicándose en el BOE con una antelación de 3 meses a su celebración.

Estructura general de la evaluación

  • Un test de 75 preguntas

Prueba test

La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia publicó en el BOE 136/2014 de 05 de junio la primera convocatoria a la prueba de evaluación de la aptitud profesional para la profesión de abogado MÁS INFORMACIÓN

El Real Decreto aprobado el 07 de marzo de 2014 por el Consejo de Ministros reformó el Real Decreto 775/2011 , para que la prueba conste únicamente de una parte escrita de contestaciones o respuestas múltiples con preguntas teóricas y supuestos prácticos sobre situaciones reales a las que van a enfrentarse los futuros abogados y procuradores.

El Real Decreto de marzo de 2014 también reconsidera los porcentajes de ponderación entre la calificación obtenida en el curso de formación y la obtenida en la evaluación final, de tal forma que ésta no sea el único medio de evaluación, sino que forme parte de un conjunto de evaluaciones sucesivas.

El texto establece que la calificación final resultará de la media ponderada entre el 70% de la obtenida en la evaluación y del 30% de la obtenida en el curso de formación recibido MÁS INFORMACIÓN.

La estructura de esta prueba se realiza de la siguiente forma:

  • Cuestionario de respuestas múltiples cerradas. Cada pregunta tendrá cuatro respuestas alternativas y sólo una será correcta.
  • No se permite utilizar textos legales ni otro material de apoyo.
  • 50 preguntas sobre materias comunes del ejercicio de la profesión de abogado y 25 a elegir entre una de estas áreas: civil, laboral penal y administrativo.
  • Criterios de corrección:
    • La calificación será “Apto/No apto” e incorporará la nota obtenida en el máster de formación ponderada en un 30%. Para obtener la calificación de “Apto” habrá que obtener al menos un 5 sobre 10. Las preguntas con respuesta equivocada restarán un 0,33% del valor de la pregunta. Las preguntas no contestadas no se puntuarán.
    • Cada aspirante recibirá la calificación de forma individualizada y anónima

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