26 junio 2014

La importancia de la formación en Derecho de la Unión Europea

Por: Roberto Vallina Hoset, experto del servicio “Tu Europa – Asesoramiento” de la Comisión Europea y Abogado del Colegio de Abogados de Madrid.

Es frecuente pensar que el Derecho de la Unión Europea es un ámbito separado del Derecho nacional y que, al igual que ocurren el Derecho internacional, es un coto exclusivo de un reducido número de especialistas. Según este punto de vista la mayoría de las abogados rara vez entrar en contacto con el Derecho de la Unión Europea y menos aún se ven en la tesitura de tener que aplicarlo. Sin embargo, tras más de 10 años como abogado y miembro del equipo de expertos independientes del Servicio de asesoramiento a los ciudadanos de la Comisión Europea “Tu Europa – Asesoramiento” mi experiencia sugiero que estas ideas, aunque muy comunes, no siempre tienen fundamento.

El Derecho de la Unión Europea es parte integral del ordenamiento jurídico nacional y sus normas están presentes en casi todos los ámbitos del Derecho. No sólo es que buena parte de las normas que integran nuestro ordenamiento son una transposición de Directivas de la Unión Europea, sino que una gran mayoría de las disposiciones del ordenamiento de la Unión son directamente aplicables por los ciudadanos, la Administración y los órganos judiciales sin necesidad de medidas de transposición —ya sea por ser directamente aplicables, ya por tener efecto directo—. A día de hoy pocas son las materias en las que el Derecho de la Unión no haya adoptado normas vinculantes para los Estados o los ciudadanos- De hecho, cada vez existe un mayor número de materias en las que el Derecho de la Unión ha realizado una armonización sustancial de las normas aplicables (e.g. en la protección de los usuarios y consumidores). Así, y en contra de lo que se podría pensar en un primer momento, los problemas de los ciudadanos y empresas muchas veces son “mixtos” y deben ser analizados tanto desde la perspectiva del Derecho nacional como desde de la perspectiva del Derecho de la Unión. Si se desconoce el Derecho de la Unión aplicable, el análisis del caso concreto resulta incompleto, incluso si no nos damos cuenta de ello.

Esto suscita una cuestión que es importante tener en consideración a la hora de valorar la importancia de la formación en este ámbito: es difícil aplicar las normas o los principios que no se conocen. Una de las virtudes del Derecho de la Unión Europea es que permite buscar soluciones nuevas en situaciones en las que las normas nacionales ofrecen escaso margen de maniobra. Piénsese, por ejemplo, en los numerosos procesos de ejecución de hipotecas que ha habido (y hay) en nuestro país. Ahora bien, frente a las escasas soluciones que ofrecen las normas nacionales, la célebre Sentencia del Tribunal de Justicia de 14 de marzo de 2013 en el Asunto C-415/11, Aziz, permite, sobre la base del Derecho de la Unión, poner en cuestión un procedimiento de ejecución por no poder formular motivos de oposición basados en el carácter abusivo de las cláusulas de la hipoteca.

Ahora bien, aunque el Derecho de la Unión Europea permite encontrar soluciones nuevas, también exige un esfuerzo continuado de formación en esta materia. Como no podía ser de otra forma, el Derecho de la Unión Europea aúna características de las diferentes tradiciones jurídicas de sus 28 Estados miembros. En particular, el papel que tiene la jurisprudencia en el Derecho de la Unión es más propio del Derecho anglosajón que de la tradición continental en la que se inscribe nuestro ordenamiento. Esto obliga a una continúa labor de reciclaje y formación para estar al tanto de las novedades tanto legislativas como, sobre todo, de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia.

Ahora bien, en mi experiencia esto no es una pesada carga que deba sobrellevarse. Una de las peculiaridades del Derecho de la Unión es la calidad de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo. Sus Sentencias suelen reunir tres virtudes que me resultan encomiables: claridad, sencillez y una enorme capacidad didáctica. Esto no sólo facilita enormemente su aplicación sino que convierten su estudio en una experiencia enormemente enriquecedora. Esas virtudes, además, tienen además una importante consecuencia: la capacidad de persuasión del razonamiento del Tribunal de Justicia. He observado con frecuencia que nuestros jueces y tribunales son sensibles a los argumentos basados en el Derecho de la Unión si vienen respaldados por una Sentencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo que ilustre el principio que intentamos defender. Una formación continua en este ámbito es la mejor garantía no sólo para una mejor defensa de los intereses de nuestros clientes, sino también para nuestro crecimiento y mejora como juristas.

En definitiva, tanto por su importancia práctica en el día a día, como por las soluciones que ofrece, cabe afirmar que hoy más que nunca es conveniente completar regularmente nuestra formación como juristas con todo lo que nos puede aportar el Derecho de la Unión Europea.

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