19 marzo 2014

El Colegio de Abogados Penal Internacional critica las restricciones a la Justicia Universal

El Presidente del Colegio de Abogados Penal Internacional (CAPI), Luis del Castillo, ha manifestado la oposición del organismo que preside a las restricciones a la Justicia Universal aprobadas por el Gobierno español, en una carta remitida al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

El manifiesto dice así:

“El pasado día 15 de marzo entró en vigor la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), relativo a la Cooperación o Colaboración de España con la Justicia Universal.

La modificación se produjo por vía de extrema urgencia y solo con los votos de los diputados del Partido Popular (PP), que representa a un amplio sector de la derecha española, y que goza de mayoría absoluta en las dos cámaras (Congreso de los Diputados y Senado, que conforman el poder legislativo español). Y, por supuesto, con el rechazo de toda la oposición parlamentaria. O lo que es lo mismo, sin el menor ánimo de consensuar con el resto de los partidos que componen el arco parlamentario.

La modificación a la que aquí estamos haciendo referencia, podría suponer el archivo de muchas causas abiertas en la Audiencia Nacional (órgano jurisdiccional que se ocupa de la instrucción y enjuiciamiento de delitos contra el Titular de la Corona, Falsificación de moneda y fabricación de tarjetas de crédito, Defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas, Tráfico de drogas, Jurisdicción penal derivada de Tratados Internacionales, Ejecución de órdenes de detención europeas), pero que no habría de suceder como con atinado criterio recoge el juez titular del Juzgado de Instrucción nº1 de dicha Audiencia Nacional, que llega a considerar inaplicable la nueva reforma legislativa por contradecir precisamente la Convención de Ginebra de 1949, ya que España no puede llevar adelante la reforma mediante una norma interna que modifique o derogue una disposición de un Tratado o convenio internacional vigente para España.

En muy poco tiempo (3 meses) se produce un severo ataque a la participación de la justicia española dentro del marco de la justicia universal.

Solo en muy contados supuestos se mantiene lo poco que queda de la antigua jurisdicción, por lo que cabe decir que España hoy ha renunciado a los más importantes aspectos que quedaban regulados en el Convenio de Ginebra de 1949, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes o la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas y, desde luego, contra lo estipulado en el Convenio de Roma de 1998, creador de la Corte Penal Internacional, y por el que se definen y sancionan gravísimos delitos que implican violación de los derechos del hombre, tales como los Crímenes de Guerra, el Genocidio o los de Lesa Humanidad, o el de Agresión. La reforma ya aprobada incluye algunas excepciones, muy contadas y de escasa trascendencia.

A la modificación del Art. 23 de la LOPJ ya se oponen rotundamente un buen número de jueces, fiscales, ONGs españolas, los colectivos de abogados integrados en sus Colegios correspondientes, y un buen número de ciudadanos que defienden la Justicia Universal.

En méritos a esta aplicación de la Justicia Penal Internacional en España, entre otros logros, se consiguió el encarcelamiento (en una jaula de oro, eso sí) del dictador Augusto Pinochet.

Hemos de ir hacia un mundo donde el derecho sea igual para todos, (con sus especialidades), y donde los crímenes que se tipifican en el Convenio de Roma y en otros ordenamientos jurídicos sean sustanciados y condenados sus autores ya por una Corte Penal Internacional (International Criminal Court), ya por las jurisdicciones de los distintos países que componen algo tan trascendente como es el Género Humano.

 

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