12 marzo 2014

Otra forma de hacer las cosas en las reformas de la normativa fiscal

Por Rafael Gil March, vicedecano de Colegio de Abogados de Baleares y portavoz de la Unión de Colectivos de Profesionales Tributarios

Quizá pueda resultar cansino hablar de la vorágine legislativa que nos asola, pero lo cierto es que estamos viviendo unos tiempos de constantes cambios normativos que torpedean de forma inmisericorde el principio de seguridad jurídica. Desde el punto de vista profesional, la sensación es de vértigo y de descontrol. De poco sirven las llamadas de advertencia por el preocupante desmembramiento de nuestro ordenamiento jurídico y de los principios que ordenan el sistema normativo. Leyes, reales decretos, decretos, órdenes, instrucciones, consultas, informes… Todo sirve para ir introduciendo parches en muchas materias que, incluso, con frecuencia,  ni siquiera son objeto de las disposiciones en las que acaban por regularse o modificarse.  Nunca antes había que estar tan atento a las disposiciones adicionales o transitorias de cualquier nueva norma, aunque, en principio, el título  la materia de la misma no capte nuestro interés.

Debemos parar y tomar aire, porque es absolutamente necesario, en pro de la maltrecha seguridad jurídica, recomponer las instituciones y desarrollarlas adecuadamente de una manera sistemática y ordenada.

Hay que dejar de legislar para la urgencia, para el día a día o para la galería. El uso de conceptos genéricos y simplistas como reactivación de la economía, emprendedores, modernización, simplificación de trámites y otros tienen, sin duda, su impacto mediático, pero en la práctica poco o nada aportan. Bien al contrario, en ocasiones alteran figuras tradicionalmente asentadas en nuestro derecho – ¿qué son, si no, conceptos como como emprendedor de responsabilidad limitada o sociedad de capital, pero sin capital, que figuran en la llamada Ley del emprendedor?-.

La culpa no es sólo del legislador.  Posiblemente la crisis económica, la rapidez que impone la vida actual y la globalización de los sistemas jurídicos invitan a dar respuesta inmediata y a la necesidad de justificar diariamente la acción de gobierno evacuando normas sin la suficiente reflexión y visión de conjunto. Una actitud que, en ocasiones, nos obliga a incorporar a nuestro sistema figuras que no nos son propias o procedimientos que nos son ajenos y que acaban por colisionar con otras con las que se supone que han de convivir.

La materia tributaria no es una excepción. Todo lo contrario, prácticamente no hay norma reguladora del tipo que sea que no incluya disposiciones por las que se crean, modifican o incorporan tributos o se imponen nuevas obligaciones fiscales, como digo, en muchas ocasiones sin la suficiente reflexión o análisis de las consecuencias que van a llevar aparejadas.

Nuestra tradición jurídica, fuertemente reguladora y, en general, escasamente pragmática, sigue presente en nuestros días y la pertenencia de nuestro país a la Comunidad Europea no ha hecho sino intensificar esas características. Estos factores y la tradicional desconfianza que los legisladores muestran respecto de la sociedad civil, en la que nos incluimos los profesionales, llevan a la elaboración de leyes que se plantean de forma absolutamente unilateral, tanto en el análisis de los supuestos de hecho, como en su adecuación e idoneidad para con el fin perseguido y hasta en la propia necesidad de regulación. En definitiva, un mal endémico de nuestros gobernantes presente en toda la historia de España y que ha motivado el habitual alejamiento y desapego de la ciudadanía respecto de la clase política (para ser sinceros, también, en muchas ocasiones, injustamente alegado).

Hemos de reconocer que los tiempos han cambiado, la forma de ejercicio profesional se ha ido adaptando a los tiempos y en la actualidad, en un Estado de derecho democrático, moderno y estable, el cumplimiento de las normas es la regla general. De ahí la importancia y necesidad de que seamos capaces de legislar de una forma más racional, más estable y más ordenada, que huya de la urgencia, la inmediatez irreflexiva y la demagogia y que permita dotarnos, de un sistema jurídico que, evidentemente, no será inmutable, pues siempre requerirá adaptarse a las necesidades de una sociedad cambiante, pero que sí puede contener la estructura suficiente para que ese desarrollo se produzca de forma ordenada y previsible, dentro de los principios de seguridad jurídica y racionalidad.

Sin duda esa función y esa obligación corresponde a los poderes públicos, aunque no sólo a ellos. Hay que hacer las cosas de otra manera. En un Estado de derecho que presume de moderno la participación en la función legislativa corresponde a todos, tanto a la administración como a los administrados, y no como una simple formalidad al final del proceso, sino en la fase misma de conceptuación y configuración normativa pues ello, no cabe duda, redundará en una mayor efectividad y eficiencia de la norma.

Y ese objetivo de participación es el que ha inspirado la creación de la Unión de Colectivos de Profesionales Tributarios, entidad nacida a partir del Foro de colegios y asociaciones profesionales tributarias con la AEAT, con voluntad de integración y en la que están representados la práctica totalidad de los consejos generales profesionales, como el Consejo General de la Abogacía Española, y las asociaciones más representativas del ámbito fiscal. Una entidad que, respetando la autonomía e independencia de sus integrantes, pretende ser una voz única y autorizada en aquellos temas de interés común o general en el ámbito fiscal y tributario.

Como señala esta organización en su manifiesto de creación, en el ámbito tributario, la constante y muy intensa reforma que viene “padeciendo” la normativa fiscal; el volumen y la profundidad de las modificaciones operadas en los tributos y en los procedimientos – incluso dentro de un mismo ejercicio-; y la inmediatez en la aplicación de los cambios producidos, entre otros factores, afecta gravemente a la seguridad jurídica de los contribuyentes y desincentiva la creación o continuidad de las empresas, las inversiones y la creación y el mantenimiento de empleo y dificulta en todo caso la planificación fiscal y las decisiones entre los diferentes operadores económicos.

Adicionalmente, y como consecuencia de ello, se produce un continuo trabajo interpretativo por parte de los órganos de la Administración Tributaria y de los tribunales de justicia, lo que conlleva un incremento de los costes de cumplimiento de obligaciones y ejercicio de derechos y favorece que la asistencia a los demandantes de servicios de asesoramiento fiscal sea cada vez más compleja y más ardua, requiriéndose una formación e información continuas y un ejercicio de actualización permanente. Es especialmente en este área donde se hace patente la necesidad de una nueva forma de hacer las cosas y en la que la colaboración social se hace imprescindible dada la trascendencia, sensibilidad y generalidad de las materias que se tratan.

A esa función de colaboración leal y práctica es a la que responde la Unión de Colectivos de Profesionales Tributarios. Los profesionales del asesoramiento fiscal y la gestión tributaria constituyen un colectivo cualificado por su entidad, implantación y experiencia, por lo que sus aportaciones deben ser tenidas en cuenta por la ciudadanía y, en particular, por los poderes públicos pues, en su función de colaboración social, contribuyen efectivamente al cumplimiento de los principios constitucionales de eficiencia y economía, en la programación y ejecución del gasto público; en la asignación equitativa de los recurso públicos y en el logro, por parte de las administraciones públicas, de la satisfacción de los intereses generales bajo el principio constitucional de eficacia en el cumplimiento de los principios de eficiencia y economía, así como en la construcción de un sistema tributario justo.

Solo mediante la mutua cooperación y la colaboración leal, real, profunda y permanente entre las administraciones públicas y los representantes de los colegios y asociaciones Profesionales – una fórmula que ya ha demostrado su valía en otros ámbitos de actividad a través de sistemas de colaboración entre el sector publico y el privado- será posible alcanzar lo que todos deseamos: un sistema tributario más racional y justo, dotado de una mayor seguridad jurídica y económica y una aplicación y gestión de los tributos más eficaz y eficiente, con menos costes indirectos y menores índices de litigiosidad.

En este orden de cosas, y siguiendo los modernos desarrollos políticos, económicos, sociales y administrativos que aconsejan una intensa vertebración de la sociedad civil, la función de la Unión de Colectivos de Profesionales Tributarios (UCPT) resulta de gran utilidad al constituir un órgano nuevo que engloba, aunando esfuerzos, a las diversas entidades organizativas dedicadas al asesoramiento fiscal y la gestión tributaria para prestar un mejor servicio a la sociedad, crear líneas de investigación colaboración y, en suma, de perfeccionamiento profesional que permitan colmar la aspiración general de un sistema tributario equitativo y de fácil aplicación. Todo ello, con el objeto de construir entre todos un nuevo espacio profesional, democrático y plural, que permita el diálogo, la reflexión, el estudio y el análisis de las materias que nos afectan, siempre orientados al fin de establecer criterios homogéneos y líneas de actuación conjunta y de ofrecerlos a la sociedad en general y a las administraciones públicas en particular para mejorar el sistema tributario español y profundizar en la mejor comprensión y más justa aplicación del mismo por parte de todos los estamentos de nuestra sociedad.

En definitiva, una nueva y moderna forma de hacer las cosas.

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