13 febrero 2014

El PP se queda solo tramitando en el Congreso los nuevos límites a la justicia universal

El PP aprobó el martes 11 de febrero en solitario la tramitación en el Congreso de su proposición de ley que introduce nuevos requisitos para que los jueces españoles puedan abrir causas por crímenes contra la humanidad bajo el principio de justicia universal.

La iniciativa comenzará así su andadura en la Cámara Baja tras cosechar 179 votos a favor y 163 en contra. El PSOE, la Izquierda Plural, UPyD, el PNV, CiU, BNG, Amaiur y ERC han rechazado la reforma considerar que “estrangula” esta jurisdicción y sitúa a España a la “cola” de la esfera internacional en la defensa de los derechos humanos.

El portavoz del PP en materia de Justicia en el Congreso, José Miguel Castillo Calvín, ha defendido la reforma por “ambiciosa” y estar guiada, no “tanto” en evitar conflictos diplomáticos, sino en la necesidad de ahorrar “falsas expectativas” a las víctimas. En su opinión, la actual “Justicia quijotesca” se queda en una “mera declaración de principios” con escasos resultados prácticos.

Frente a los ‘populares’ se han situado los grupos de la oposición, que han amenazado con llevar la reforma al Tribunal Constitucional y han animado a los jueces a presentar cuestiones de inconstitucionalidad para no ser “cómplices” del “estrangulamiento” de la justicia universal.

Además, CiU, UPyD y ERC han mostrado su apoyo explícito a los socialistas si deciden recurrir la norma ante el Alto Tribunal; mientras que el PNV ha animado a mantener el debate sobre la justicia universal durante toda la legislatura.

Los portavoces de la oposición han advertido de que la “herencia” y la “marca España” que dejará el Gobierno será la “impunidad” de quienes han cometido crímenes “execrables” contra la humanidad. Y han preguntado al Ejecutivo qué han prometido países como China o Estados Unidos a cambio de dar carpetazo a los procesos abiertos en su contra.

El monje tibetano Thubten Wangchen ha asistido al debate invitado por UPyD, mientras que la familia de José Couso, el cámara de Telecinco asesinado en Irak en 2003, ha mantenido a lo largo de la mañana una ronda de reuniones con todos los grupos para trasladarles su “preocupación” por un inminente archivo de su caso.

UNA REFORMA ACELERADA

Los ‘populares’ han llevado al primer Pleno ordinario del recién estrenado periodo de sesiones esta reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Lo hace a través de una proposición de ley, que acelera los trámites y ahorra los informes preceptivos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Fiscal o el Consejo de Estado.

La principal novedad es limitar las actuaciones a casos en los que los criminalmente responsables sean españoles o extranjeros residentes en nuestro país tras la comisión de los supuestos delitos. Ello abre la puerta a archivar la docena de causas abiertas en la Audiencia Nacional, como las referentes al genocidio del Tibet o el asesinato del cámara José Couso.

La Audiencia Nacional ha dado un empujón a causas de esta naturaleza al ordenar la busca y captura del ex presidente del Gobierno chino Jiang Zemin y otros cuatro mandatarios, o el interrogatorio que tendrá lugar este miércoles de varios descubridores de una fosa común con ocho cadáveres de saharauis.

La reforma auspiciada por el PP podría provocar también el sobreseimiento de la investigación del asesinato de Ignacio Ellacuría y otros cuatro jesuitas españoles a manos de militares salvadoreños en 1989; o las abiertas contra altos cargos guatemaltecos por el genocidio de la población maya; contra dirigentes de Ruanda por la muerte de cuatro millones de personas en los noventa y el asesinato de nueve españoles; o las denuncias por casos de ablación genital.

Las prisas del Gobierno se pusieron de manifiesto con la rapidez con la que comunicó al Congreso su visto bueno para debatir la reforma, pues no apuró ni la mitad de los 30 días de los que disponía. Al mismo, el PP rechazó en la Mesa del Congreso la petición del PSOE para que al menos se pidiera un informe consultivo al CGPJ.

“Es una ley muy querida por el Ministerio de Exteriores”, confesó hace una semana el portavoz del Grupo Popular, Alfonso Alonso, para quien la justicia universal “promete mucho pero al final nunca se consiguen nada más que conflictos”.

La iniciativa, recogida por Europa Press, viene a ahondar en la reforma ya realizada en 2009 mediante la cual se estableció que la Justicia española sólo pudiera perseguir casos de genocidio y lesa humanidad “cuando existan víctimas de nacionalidad española, se contraste algún vínculo de conexión relevante con España o los presuntos responsables se encuentren en territorio español”.

No obstante, dicha reforma permitía que España seguir persiguiendo estos delitos siempre que no se hubiera iniciado otro proceso en una corte internacional, en el país de origen del investigado o en el estado afectado por las actividades investigadas.

En la exposición de motivos, el PP considera que la extensión de la jurisdicción española fuera de sus límites territoriales debe venir “legitimada y justificada por la existencia de un tratado internacional que lo prevea o autorice” y que además debería ajustarse a los compromisos derivados de la ratificación por parte de nuestro país del Estatuto de la Corte Penal Internacional.

Asimismo, considera que la firma de tratados internacionales hace necesario ampliar la lista de delitos fuera del territorio nacional susceptibles de ser perseguidos por la jurisdicción española, como los regulados en el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia doméstica, tortura o los de corrupción de agente público extranjero previstos en el Convenio de la OCDE.

NUEVOS REQUISITOS

En concreto, se propone modificar el apartado 2 del artículo 23 de la LOPJ de modo que España podrá conocer de los delitos que hayan sido cometidos fuera del territorio nacional “siempre que los criminalmente responsables fueren españoles o extranjeros que hubieran adquirido la nacionalidad española con posterioridad a la comisión del hecho”.

Deberán cumplirse además los siguientes requisitos: Que el hecho sea punible en el lugar en el que se ha cometido, que el agraviado o la Fiscalía interpongan querella (se excluye a la acusación popular), y que “el delincuente no haya sido absuelto, indultado o penado” por los hechos.

El Congreso discutirá también una modificación del apartado 4 del mismo artículo en el que se especifican los delitos perseguibles en el ámbito de la jurisdicción universal.

A los de genocidio, terrorismo y torturas se añaden los de piratería, contra la seguridad de la aviación civil, sobre la protección física de materiales nucleares, trafico ilegal de drogas -cuando el procedimiento se dirija contra un español o la nave haya sido abordada por autoridades españolas-, contra la libertad sexual -igualmente cometido por españoles o extranjeros residentes en España- y delitos de violencia contra la mujer o de trata de seres humanos en el mismo sentido, entre otros.

Mediante la reforma del apartado 5 se prevé que, cuando otro Estado no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación que le corresponde o no pueda realmente hacerlo, la decisión sobre la apertura de una causa en España será valorada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a la que se elevará exposición razonada por el juez o tribunal al que llegó la querella.

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