05 noviembre 2013

El ICAV reclama judicialmente la deuda de 2013 para los abogados del Turno de Oficio

El Consejo Valenciano de Colegios de Abogados ha interpuesto un recurso para solicitar la nulidad de la Orden de la Conselleria de Justicia de diciembre de 2011 que regula el Turno de Oficio, por defectos formales. La finalidad del recurso es doble: que los letrados de oficio perciban por el trabajo que desarrollan una retribución digna y suficiente y que se garantice de forma efectiva el derecho constitucional de defensa letrada de los ciudadanos que tienen el beneficio de la Justicia gratuita.

Los abogados alegan que con una retribución media neta, eliminando los costes, de 19,82€ por asunto completo tramitado, incluyendo las guardias, no se garantiza el derecho a la defensa del beneficiario de la justicia gratuita que exige el Tribunal Constitucional. Además, añaden que los ciudadanos con menos recursos, durante el tiempo que dure la tramitación del recurso presentado, verán perjudicado su derecho de defensa y no podrán recuperarlo por mucho que la Sentencia que se dicte en la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV, tuviera efectos retroactivos.

El Decano del ICAV, Mariano Durán, ha recordado que el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia ha tenido desde el principio la voluntad de negociar con la Generalitat Valenciana sobre el correcto funcionamiento del Turno de Oficio. “El Turno de Oficio es un servicio público con fundamento constitucional que se erige como un auténtico pilar del Estado social. Por este motivo no podemos aceptar los impagos de este año 2013”. Es importante recordar que las retribuciones de los letrados de oficio están congeladas desde el año 2005 y la Orden de Justicia pretende ajustar el gasto del Turno de Oficio al Presupuesto que se ha fijado a tal fin, desatendiendo el gasto real de esa partida en los últimos años.

Entre los defectos de forma que el recurso contempla para solicitar la nulidad de la Orden de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, -por la que se modifica la Orden de 7 de noviembre de 2005 sobre módulos de compensación económica aplicables a las actuaciones del turno de oficio y asistencia al detenido o preso-, los abogados denuncian la declaración de “urgencia para la tramitación administrativa de dicha Orden, reduciendo el plazo de audiencias a las partes interesadas, a siete días”.

Los abogados alegan también que la Orden no viene acompañada por informe sobre la necesidad y oportunidad del proyecto, así como por una memoria económica sobre la estimación del coste previsto que pueda incidir en la administración. Por otra parte, el documento presentado como memoria económica, se limita a “informar” sobre cuál es el presupuesto de la Generalitat Valenciana para el Turno de Oficio en el año 2012.

 

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