28 junio 2013

Ley de Servicios Profesionales: Europa no exige una Abogacía en la que pueda entrar cualquiera

VI Jornadas-672La futura Ley de Servicios Profesionales, de la que hasta ahora solo se tienen borradores sin un origen conocido, fue la protagonista de la segunda ponencia de las VI Jornadas de Juntas de Gobierno de los Colegios de Abogados que se están celebrando en Vigo. Cuatro ponentes, moderados por el presidente del Consejo General de la Abogacía, Carlos Carnicer, fueron los encargados de desgranar esta normativa y sus implicaciones en la primera ponencia del viernes.

El eurodiputado y ex ministro de Justicia Juan Fernando López Aguilar fue el primero en intervenir, y aseguró, tajante, que la Unión Europea no exige lo que el Gobierno parece querer perseguir con los borradores filtrados hasta ahora. “La regulación actual de los Colegios Profesionales no genera malestar social, ni inquietud. Al contrario, los indicadores de opinión reflejan un aprecio social por los prestatarios de servicios profesionales”. De hecho, “la Abogacía es una profesión numerosa, pero que se ve correspondida con el alto volumen de litigiosidad, como corresponde a una sociedad desarrollada”. Además, a su juicio “el despliegue territorial es racional, los Colegios no han sido creados aleatoriamente, sino que tienen ver con la estructura territorial de los partidos judiciales, en función de las necesidades detectadas en un determinado momento. Asegura una representación ordenada de la profesión”.

“La transposición de la Directiva de Servicios que entró en vigor en 2006 preocupa actualmente a la profesión, pero en la Unión Europea no hay exigencia de que la Abogacía se convierta en una profesión donde pueda entrar cualquiera”, aseguró. Además, “los parámetros éticos que permiten una serie de sanciones cuando se violan no pueden ser pasados por alto y eliminarse sin más y sin grave prejuicio”. Es más, “el ordenamiento profesional en España no solo se corresponde con un paisaje social de aceptación, sino que no tienen contraindicación europea. Al contrario. El Programa de Estocolmo requiere crear un marco de realizaciones de libertades básicas que requiere de profesionales con formación homologada, y en toda Europa, la colegiación es una garantía añadida”, insistió.

Aunque “hay cosas que mejorar”, no se puede hacer “desandando lo ya andado”, como con la Ley de Acceso, aprobada durante su mandato como ministro de Justicia, y que “ahora con Bolonia se hace más necesaria” para acreditar que una persona está preparada para ejercer una profesión. “La supresión de Colegios ya consolidados que prestan muchos servicios y la eliminación del examen de acceso no es lo que quiere la UE. Quiere profesionales del Derecho capaces de comunicarse entre sí con garantías”, concluyó.

Colegiación: o es obligatoria o no es nada

El catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense, Germán Fernández Farreres tomó posteriormente la palabra para señalar que los cambios sustanciales producidos en estos años “han condicionado las últimas respuestas en torno a la Ley de Servicios Profesionales”. En concreto apuntó a “la proyección de las reglas de la competencia al ejercicio de las profesiones”, que han eliminado muchos aspectos, como los obstáculos a la libre circulación, el régimen de habilitación, la comunicación previa al Colegio Profesional, entre otros aspectos, y que han propiciado “un panorama radicalmente distinto al de los servicios profesionales de hace 20 años”.

Otro de los factores importantes que han condicionado la situación actual es “la pérdida de nitidez en la concepción de lo que son las profesiones colegiadas, una relativización y un desdibujamiento de la institución colegial”. A su juicio, “una profesión, o tiene unos rasgos que la hacen recognoscible, o deja de ser”. Este hecho, unido a “un defectuoso reparto de competencias entre las Comunidades Autónomas, ha hecho que se haya consolidado la diferenciación entre Colegios de adscripción voluntaria y Colegios de adscripción obligatoria. Esta es una distinción perniciosa y puede explicar algunas de las posiciones que el legislador está tomando actualmente”. Los Colegios profesionales “o son de adscripción obligatoria, o son otra cosa”, añadió.

No obstante, Fernández Farreres señaló que la Directiva de Servicios ha puesto algo fundamental en orden: “que la competencia para determinar qué profesiones requieren de colegiación es algo que solo tiene el Estado. Esto hasta ahora no se tenía claro”. Y llamó la atención sobre otro de sus puntos “Esta futura Ley de Servicios Profesionales, que tenía que haberse aprobado hace mucho tiempo, mantiene el clásico criterio que dice que basta con el título académico para ejercer la profesión, e incluso da marcha atrás en el examen de Acceso”.

Según el catedrático, “debería aprobarse una nueva Ley de Colegios Profesionales, en lugar de parchear la que ya existe”, porque si el texto se aprueba así, “será muy contestado y protestado”. Entre otras cosas “no me explico por qué el legislador tiende a esta idea de modificar la estructura colegial”. “Parece ser que después de tan dilatada espera, lo que se nos anuncia no va en la buena dirección”, concluyó.

La visión de Competencia: Colegios, los que se quieran

La versión de los hechos desde el punto de vista de Competencia la pusieron Ana Isabel Moreno, presidenta del Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía, y Francisco Hernández, presidente del Tribunal Gallego para la Defensa de la Competencia. La primera aseguró que “no nos hacemos responsables de lo que está circulando porque no representamos a nadie, a ningún Gobierno”. Con todo, quiso explicar su posición y señaló que “el abogado es un operador jurídico, pero también económico porque ejerce una profesión, que se ha ido modernizando y actualizando con el tiempo”.

“La importantísima función social del abogado es incuestionable. Cuando decimos que a nuestro juicio la obligatoriedad de la colegiación en ciertas profesiones no es necesaria, no hablamos de los abogados. Hay profesiones que tienen que tener colegiación obligatoria”, como es el caso de los abogados. Sin embargo, “los principios básicos de la Directiva de Servicios establecen la colegiación única y eliminan barreras innecesarias. Algunas se mantienen por inercia, porque no afectan al ejercicio de la profesión si se piensa como llegar al mismo objetivo por una vía menos anticompetitiva”. Pero aseguró que “Competencia no tiene razón por la que, cumpliendo con todos los requisitos, los Colegios no puedan ser los que quieran ser”.

Por su parte, Francisco Hernández señaló que “a los Colegios de verdad nada les ha hecho más daño que la proliferación de Colegios sin sentido”, pero a Competencia “le preocuparía que proliferen los Colegios si no hubiera colegiación única. Habiéndola, le da igual”. Sin embargo, “el borrador pierde la oportunidad de aclarar qué es un Colegio y qué es una asociación profesional”.

Hernández reconoció las dificultades a las que se enfrentan algunos Colegios cuando se presentan situaciones contradictorias: “somos conscientes de que hay temas complejos, como los criterios de honorarios, porque por un lado hay una prohibición, y por otro una ley que obliga a tenerlos”. Este asunto fue el protagonista del turno de debate que se inició posteriormente tras la ponencia.

DOCUMENTO CON EL ÚLTIMO BORRADOR SOBRE LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES

ESPECIAL CON TODA LA INFORMACIÓN SOBRE LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES

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