14 junio 2013

José Ruz, abogado: “No puede ser constitucional una tasa que impide ejercitar el derecho al recurso”

José Ruz Martín, ICATarragonaEl titular del Juzgado de lo Social número 1 de Tarragona, Diego Zafra, planteó recientemente una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional respecto a la Ley de Tasas Judiciales por considerar que ‘podría vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva’. El magistrado se basó en el escrito del abogado José Ruz Martín, que le solicitaba la presentación de la cuestión de inconstitucionalidad. Cabe recordar que la Abogacía puso a disposición de todos los letrados un modelo de formulario para plantear la cuestión de inconstitucionalidad de la ley de tasas. Este es el primer caso que trasciende en el que el juez acepta la propuesta del abogado y cuyo auto llega al TC.

José Ruz, abogado del Colegio de Abogados de Tarragona, explica cómo y por qué hizo la solicitud al juez.

Pregunta.- ¿Puede explicarnos en qué situación se encontraba su cliente?

Respuesta.- Habíamos interpuesto una demanda para que se determinase la contingencia profesional de un proceso de incapacidad temporal. Defendíamos que la contingencia era profesional o derivada de accidente laboral pues la incapacidad derivaba de la situación de acoso laboral que había venido sufriendo el trabajador.

P.- ¿Cómo le planteó al juez que presentara la cuestión de insconstitucionalidad? ¿Con qué argumentos?

R.- No puede ser constitucional una norma que exige el pago de una tasa no acorde con los ingresos de la persona y cuyo impago supone el cierre e imposibilidad de ejercitar su derecho al recurso que, según el Tribunal Constitucional está integrado en el art. 24.1 de la Constitución que regula el derecho a la tutela judicial efectiva. En ese sentido, alegamos que en el orden jurisdiccional social la Ley 10/2012 supone para un número indeterminado, pero enormemente elevado, de supuestos que la cuantía de las tasas establecidas es tan alta que impide en la práctica el acceso al recurso legalmente establecido, además de obstaculizarlo en numerosos casos en términos irrazonables. Por ello, entendíamos que procedía plantear ante el TC una cuestión de constitucionalidad para que se pronuncie sobre los mandatos contenidos en los artículos 4 y 7 de la Ley 10/2012 que, a nuestro entender, resultan parcialmente inconstitucionales.

El Juzgado de lo Social número 1 de Tarragona, en una resolución extensa, pormenorizada y fundamentada acordó plantear dicha cuestión de inconstitucionalidad al llegar a la conclusión, entre otras, de que la Ley de Tasas no permite al Tribunal aplicar la exención de la tasa aún cuando conste acreditado en el propio procedimiento judicial la incapacidad económica del justiciable de abonarlas. Por lo tanto, la citada ley, al obligar a que se abone una tasa a pesar de constar acreditada la imposibilidad real de abonarla, se erige en una barrera irracional al recurso de suplicación amparado por el art. 24.1 CE que consagra el derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso al recurso establecido legalmente.

P.- ¿Lo había planteado en más casos?

R.- Si, ante la jurisdicción contencioso administrativa en la que defendía a una pyme. En ese caso no obtuve respuesta alguna de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

P.- ¿Cree que los jueces tienen sensibilidad ante los planteamientos de los trabajadores para que no paguen tasas?

R.- Sin ningún género de duda, sí. Un claro ejemplo es el Acuerdo del pleno no jurisdiccional de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de fecha 5 de junio de 2013 que exime a los trabajadores y a los beneficiarios de la Seguridad Social de abonar la tasa para la tramitación de los recurso de suplicación y casación.

P.- ¿Cómo valora que otros tribunales, como el TSJPV, exima a los trabajadores de pagar tasas en los recursos?

R.- Muy positivamente, aunque genera una inseguridad jurídica que tendría que ser resuelta y avalada por el Tribunal Constitucional.

P.- ¿Considera que las diferentes posturas de los tribunales suponen inseguridad jurídica para los ciudadanos?

R.-  No sólo para los ciudadanos sino también para los abogados que no podemos dar respuestas claras, precisas y seguras a nuestros defendidos.

P.- ¿Tiene clientes que hayan renunciado a emprender acciones judiciales a causa de las tasas? ¿Conoce casos de otros compañeros?

R.-  Personalmente aún no he tenido la desesperación que puede suponer querer defender a un cliente y no poder hacerlo por la exigencia de una serie de tasas desproporcionadas.

P.- ¿Qué esperanza tiene en el Tribunal Constitucional, teniendo en cuenta que se han planteado ya varios recursos?

R.- Espero no sólo obtener una respuesta favorable para los ciudadanos sino una respuesta contundente que delimite claramente la extensión del derecho constitucional de acceder a los tribunales, así como una solución precisa al binomio tasas exigibles-derechos de los ciudadanos.

P.- ¿En qué jurisdicción cree que han afectado más las tasas para que los ciudadanos renuncien a acudir a los tribunales?

R.- El tiempo nos lo dirá, sin embargo considero que tendrán una fuerte incidencia en materia de sanciones administrativas sufridas por los ciudadanos así como en los procedimientos civiles en los que se discutan cuestiones básicas pero de cierta relevancia económica, como la vivienda o reclamación de indemnizaciones contra compañías de seguro.

 

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