25 abril 2013

Expertos europeos contra el blanqueo destacan la expansión de la normativa represiva

El Centro Europeo de Estudios sobre Prevención y Represión del Blanqueo de Dinero (CEEPRBD) organizó un encuentro, que se celebró los días 19 y 20 de abril en la sede de la Abogacía Española, para abordar las principales novedades normativas y actuaciones a nivel europeo sobre la prevención del blanqueo de capitales.

La conferencia inaugural corrió a cargo de Emanuele Fisicaro, profesor de Derecho Penal Comercial y presidente del CEEPRBD, que trató los delitos de blanqueo y de autoblanqueo y la aplicación de la Directiva 2005/60/CE en los estados miembros.

Por su parte, Nielson Sánchez Stewart, presidente de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales del Consejo General de la Abogacía Española, habló sobre los órganos centralizados de prevención y la sentencia Michaud. Luciano Varela, magistrado del Tribunal Supremo, abordó la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre blanqueo de dinero, mientras Luigi Ciampoli, fiscal, procurador general de la Fiscalía de Roma, analizó la jurisprudencia de la Corte de Casación sobre el delito de blanqueo.

Los asistentes destacaron la expansión de la normativa represiva del blanqueo de capitales. De delito relacionado con el tráfico de drogas como elemento antecedente del blanqueo se ha pasado a cualquier delito grave, después a cualquier delito y hoy a actividad delictiva. En el futuro podrá llegarse a lo de origen ilícito y luego a lo de origen desconocido.

ABUSO DEL DERECHO PENAL

En lo relativo a la prevención se está corriendo el riesgo de que –en palabras gráficas de uno de los ponentes- con el “fin de cazar al oso, se extermine a todos los conejos”. Existe un abuso de la utilización del Derecho Penal como sistema de control social dirigido a la protección de intereses, con el recurso a las sanciones más graves del ordenamiento jurídico, especialmente la prisión.

Los asistentes también destacaron la confusión que se está creando en lo relativo a la auténtica asimilación que se está produciendo entre el delito contra la Hacienda Pública y el delito de blanqueo de capitales. Esta situación hace que el primero de los delitos sea prácticamente imprescriptible. A este respecto, se destacó el voto particular del magistrado del Tribunal Supremo en la sentencia 578/2012.

También se debatió sobre el impacto de la llamada ‘Sentencia Michaud’ del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en lo relativo a la necesidad de contar con un filtro que garantice la observancia del secreto profesional en las comunicaciones de los Abogados.

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