24 abril 2013

El ICAB alerta que las últimas medidas adoptadas por el gobierno en materia de desahucios no son efectivas

El Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) considera que las últimas medidas aprobadas por el gobierno en materia de desahucios no son efectivas y que se está perdiendo una oportunidad única de encontrar soluciones reales que puedan aliviar el sufrimiento de las personas afectadas por los procedimientos de ejecución hipotecaria.

Por este motivo, y ante el hecho que el Senado aprobará, próximamente, la “Proposición de Ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de la deuda y alquiler social”, el ICAB quiere alertar que no dará solución definitiva a un problema social y humano tan grave como el que se deriva de las ejecuciones hipotecarias sobre las viviendas familiares de las personas.

El decano de los abogados de Barcelona, Pedro L. Yúfera afirma que “es inaceptable que el ordenamiento jurídico español no contenga una regulación integral del sobre endeudamiento personal y familiar que, en cambio, tienen los países de nuestro entorno europeo y occidental. Una regulación legal que, entre otras circunstancias, permitiría exonerar las deudas al deudor insolvente de buena fe que es persona física, mediante un concurso de acreedores específico desjudicializado que, además, permitiría paralizar la ejecución hipotecaria de la vivienda habitual de este deudor”. Y añade: “Sólo una solución de estas características puede ofrecer un mecanismo que permita a las familias “salir adelante” ante una situación de ejecución hipotecaria no querida que afecta a su vida y, en muchos casos, a la totalidad de su patrimonio, condenándolas a una deuda eterna impagable y a la exclusión social. Dejar pasar esta oportunidad, cerrando en falso el problema, resultaría inaceptable”.

El decano del ICAB recuerda que la abogacía catalana elaboró diferentes propuestas que fueron entregadas a la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados (el 29 de marzo de 2011) y a la Subcomisión de Vivienda del Congreso de los Diputados (el 14 de septiembre de 2011) en las que mediante la modificación de determinados artículos de la Ley de Enjuiciamiento civil (LEC) se daba solución a la problemática de las subastas de la vivienda habitual en España.

A pesar de los esfuerzos por introducir estas propuestas durante la tramitación de los proyectos de ley que por razón de la materia podían haberse incorporado (a los proyectos que acabaron siendo las Leyes 37/2011, del 10 de octubre, de medidas de agilización procesal y 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley Concursal), ninguna de estas propuestas fue admitida; ni lo ha sido con posterioridad, hecho que ha provocado que el problema de las ejecuciones hipotecarias se haya ido agravando.

Yúfera también explica que los abogados han estado trabajando para encontrar una solución a esta grave problemática, ya sea a través de los estudios realizados por la Comisión de normativa del ICAB como a través de los acuerdos establecidos con la Diputación de Barcelona y la Generalitat para prestar asesoramiento a los ciudadanos sobre los contratos hipotecarios firmados. Y también a raíz del convenio firmado con el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la secretaría de gobierno del TSJC, el Ilustre Colegio de Procuradores de los Tribunales de Barcelona, el Departamento de Justicia de la Generalitat y el Ayuntamiento de Barcelona para que los abogados puedan alertar en sus escritos sobre las circunstancias del riesgo social en que puedan incurrir sus clientes.

Además, el ICAB creó de forma inmediata un grupo de trabajo de juristas expertos para mejorar y perfeccionar las propuestas iniciales que había hecho cuando el Congreso convalidó el Real Decreto-Ley 27/2012 de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección de los deudores hipotecarios y decidió tramitarlo como proyecto de ley. Las conclusiones de este estudio fueron presentadas a la opinión pública -en una rueda de prensa celebrada el 20 de diciembre de 2012-, esperando que el legislador se diera cuenta de la necesidad de entrar a fondo en la modificación de la normativa vigente; de manera que se consiguiera el equilibrio y la justicia necesaria en la regulación de este tipo de procedimientos.

Por todo esto, el ICAB lamenta que ni en aquel momento, ni ante la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de marzo, en la que se cuestiona el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria prevista en la ley española, el legislador no haya actuado y que hayan tenido que ser los jueces, quienes, como conocedores en primera línea de la realidad social existente, hayan tomado las medidas de urgencia para intentar aplicar la sentencia de la UE.

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