06 marzo 2013

Carnicer y Torres-Dulce se reúnen para impulsar la implantación del protocolo de conformidades en el proceso penal

  • Protocolo para actualizar los medios de solución consensuada del proceso penal, orientado especialmente a aumentar la rapidez y a simplificar los trámites precisos para alcanzar una sentencia.

El presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Carlos Carnicer, y el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, se reunieron el martes 5 de marzo en la sede de la Fiscalía General del Estado para abordar la aplicación de los protocolos de conformidad y continuar trabajando en este convenio que mejora sensiblemente la Administración de Justicia, siendo beneficiosa su aplicación para toda la sociedad en general. Gracias a este Protocolo se incide en la descongestión de los Juzgados,

El Protocolo prevé un sistema de conformidades simple y ágil: por un lado, las distintas Fiscalías y Colegios de Abogados –o agrupaciones de los mismos-, cuentan con fiscales y letrados cuya misión fundamental es el seguimiento, aplicación y correcto desarrollo de este Protocolo, solventando las incidencias que puedan producirse.

La Fiscalía mantiene un servicio de incidencias diario para atender las conversaciones o pactos sobre conformidad, con independencia de quién sea el fiscal asignado al asunto.

El convenio firmado en 2009 produce efectos beneficiosos a todos los ciudadanos que se ven obligados a colaborar con la administración de Justicia –testigos, funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, peritos…- ya que al preverse, con antelación suficiente, la conformidad de las partes en el proceso, se evitan citaciones, esperas y molestias innecesarias.

Las víctimas también se ven beneficiadas, ya que de forma más ágil y segura podrán ser reparadas del daño causado y los acusados verán finalizado el proceso de forma consensuada sin tener que presenciar a la puerta del Juzgado el intento de conformidad entre abogado y fiscal.

El ámbito de aplicación de este Protocolo se limita a los delitos cuyo enjuiciamiento sea competencia de los Juzgados de lo Penal, los Juzgados Centrales de lo Penal, de la Audiencia Provincial y de la Audiencia Nacional. Se prevén excepciones puntuales que están recogidas en el convenio.

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