18 enero 2013

La AN se pronunciará la próxima semana sobre la suspensión cautelar de las tasas judiciales

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se pronunciará la próxima semana sobre la suspensión cautelar de la orden ministerial que regula el pago de las tasas judiciales, según informaron fuentes jurídicas a Europa Press.

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo deliberará sobre este asunto tras recibir las alegaciones de la Abogacía del Estado sobre la medida cautelar solicitada en el recurso presentado por el Colegio de Abogados de Ourense.

El tribunal dio un plazo de diez días a los servicios jurídicos del Estado y a la Fiscalía para que antes del 17 de enero se pronunciaran sobre la suspensión provisional de la orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se regula la autoliquidación de las tasas.

La demanda de los abogados ourensanos ha sido la primera que se ha presentado contra las tasas impulsadas por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que contempla una subida de entre 50 y 750 euros en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social.

A esta acción judicial han seguido varios recursos, el último de ellos ha sido interpuesto por una firma legal, a través de más de 20 abogados y conjuntamente con otros 97 juristas, entre los que se encuentra el exmagistrado del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín.

Este recuso, firmado por el abogado Ramón Entrena, insta a la Audiencia Nacional a anular la orden de Hacienda porque ha omitido trámites “sustanciales” como el dictamen del Consejo de Estado o el informe del Consejo General del Poder Judicial, faltando también la audiencia pública, como en cualquier disposición general”.

Advierte de que la orden incurre en “contradicciones evidentes” con la ley al introducir obligaciones que no caben imponer por vía reglamentaria y es además “discriminatoria”. Este deja abierta la posibilidad de que se eleva al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad de esta norma.

 

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