10 enero 2013

El Ayuntamiento de Mataró rechaza la ley que regula las nuevas tasas de la Administración de Justicia

El Pleno ordinario de enero, que tuvo lugar el jueves 10 de enero, aprobó la propuesta de resolución presentada por los grupos municipales del PSC, CiU, PxC e ICV-EUiA de rechazo a la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia. La propuesta se aprobó con los votos a favor del PSC, CiU, PxC, ICV-EUiA y la CUP y en contra votó el PPC.

El texto de la propuesta de resolución íntegro es el siguiente:
“Dada la publicación en el Boletín Oficial del Estado del 21 de noviembre de 2012, de la Ley 10/2012 de 20 de noviembre que establece un nuevo sistema de tasas judiciales; suprimiendo las exenciones previstas hasta ahora para las personas físicas y las personas jurídicas de reducida dimensión, ampliando el establecimiento de tasa a la jurisdicción civil y contencioso-administrativa ya la jurisdicción social; e incrementando muy sustancialmente el tipo impositivo.
Dada la fijación de esta manera de una cuota tributaria fija por actuación judicial y una cuota tributaria variable adicional en función de la cuantía del procedimiento.
Dado que la entrada en vigor de la Ley 10/2012 se convierte en el día siguiente de su publicación en el BOE.
Dado que la referida Ley establece unos límites que no atienden al Principio de Progresividad.
Aunque se implanta el no pago de esta tasa judicial por las administraciones públicas y las personas que tengan justicia gratuita, todas aquellas unidades familiares que tengan ingresos conjuntos que superen los 1.100 € mensuales, deberán pagar la referida tasa, en el mismo importe que una familia con ingresos más que suficientes o una corporación multinacional. De esta manera, una gran mayoría de ciudadanos deberán renunciar a solicitar tutelas frecuentes.
En el ámbito laboral, la nueva regulación tiene un impacto muy importante. Con la nueva regulación es obligatorio pagar para recorrer una sentencia desfavorable. Es decir, un trabajador despedido deberá prever una tasa para recurrir una denegación de subsidio de desempleo o la calificación de incapacidad frente a la Seguridad Social.
Y en el ámbito administrativo, podemos ver ejemplos en todas luces desproporcionados como el recurso ante una multa de tráfico donde la tasa superará en dos veces el costo del importe reclamado.
Dado que el establecimiento de cualquier tasa y, en especial ésta, supone una limitación e impedimento real al acceso de la mayoría de los ciudadanos a la justicia, restringiendo el uso únicamente a aquellos ciudadanos que dispongan de una mejor situación económica. Y en este sentido, dejando patente la vulneración al derecho constitucional de la tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 24.1 CE.
Dado que el manifiesto contra la ley 10/2012 de 20 de noviembre que regula las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia aprobado por el Ilustre Colegio de Abogados de Mataró que refleja las peticiones de las asociaciones de jueces y fiscales, dice literalmente: “manifestamos, como la práctica totalidad de la sociedad, nuestro absoluto rechazo a la referida ley por el verdadero obstáculo al acceso de la justicia que provoca, como demuestra el hecho de que una disposición haya propiciado la oposición de la práctica totalidad de las personas que intervienen en un procedimiento judicial.
Se hace patente, además, en Cataluña, que esta ley de tasas agrava la ya aplicación de la ley de tasas catalanas, lo que implica que las personas que accedan a la justicia pagarán dos tasas para acceder: la tasa catalana y la tasa estatal.
Estas tasas provocarán una justicia de dos velocidades: por un lado, una justicia “para ricos y pobres” que podrán acceder porque podrán pagar las tasas o porque no tienen que pagarlas y, por otro lado, una justicia “para a la clase media “, la cual será la verdadera perjudicada, para cuando tendrá que pagar las tasas y, en muchas ocasiones, estas les impedirán acudir a los tribunales, de tal forma que impide el acceso a la justicia en condiciones de igualdad para a todos los ciudadanos.
En este sentido, el ministro de Justicia ha afirmado que: “La ley de tasas no ha encontrado un rechazo social sino una reacción corporativa”, manifestación que además de incorrecto, pretende hacer creer que son los abogados los perjudicados de estas tasas cuando los verdaderos perjudicados son los ciudadanos que son quienes las tendrán que pagar y los que verán impedido su derecho de acceso a la justicia.
Desde la abogacía institucional, tanto desde el propio Colegio de Mataró, como desde el Consejo de los Ilustres Colegios de Cataluña y del Consejo General de la Abogacía Española así como de la práctica totalidad de Colegios de abogados, como desde el resto de operadores jurídicos y de otros colectivos, se han hecho todas las actuaciones posibles para evitar la aprobación de esta ley sin éxito dada la imposición que de la misma ha hecho el ministro de Justicia.
Por tanto, es necesario continuar luchando en su contra, ahora desde una doble perspectiva: por un lado, intentar su retirada y, por otro lado si no se consigue su retirada, intentar que se declare su inconstitucionalidad ” . Dado que la actual situación de crisis económica ha hecho emerger un gran número de conflictos y situaciones (desahucios en ejecuciones hipotecarias, participaciones preferentes, etc), en los que la limitación al acceso a la justicia en función de la capacidad económica deja especialmente indefensa la parte débil o menos favorecida económicamente. Por todo ello, los grupos abajo firmantes proponen la adopción en el Pleno de los siguientes acuerdos:

Primero. – Manifestar el rechazo a la aprobación de la Ley 10/2102 por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia ya que creemos firmemente en el derecho a una tutela judicial efectiva, entendida como el derecho de acceso a la justicia de todos los ciudadanos en pie de igualdad y sin restricciones derivadas de su capacidad económica, entendiendo que la igualdad ante los poderes públicos y en especial, ante la justicia, debe quedar garantizada como pilar básico de la democracia.

Segundo. – Solicitar al Gobierno del Estado ya todas las instancias competentes la tramitación legislativa pertinente para evitar la aplicación y dejar sin efecto dicha normativa que vulnera los principios básicos de libertad, igualdad y justicia inspiradores de el ordenamiento jurídico constitucional, principios que tienen el deber de impulsar y promover los poderes públicos.
Tercero. – Dar a conocer a la ciudadanía el contenido de la presente moción, notificando a los medios de comunicación, las asociaciones de vecinos y vecinas, y al Defensor del Ciudadano “.

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