17 diciembre 2012

Comunicado de la Comisión de Justicia Gratuita sobre el anteproyecto de ley de justicia gratuita

Como respuesta a las numerosas llamadas recibidas tras la publicación en la web del Colegio de Abogados de Madrid de que se ha incorporado al anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita dos de las principales demandas históricas de la abogacía. La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita del Consejo General de la Abogacía Española hace público el siguiente

COMUNICADO:

Ante la noticia aparecida en relación al anteproyecto de reforma de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita e inclusión en el mismo de la garantía de cobro de los profesionales respecto de sus actuaciones en justicia gratuita, a resultas de la reunión que se indica mantenida por los Colegios de Madrid, Bilbao y Valencia con el Ministerio, desde la Comisión de Justicia Gratuita del Consejo General de la Abogacía Española y por parte de su presidente, se informa:

1)      El Consejo General de la Abogacía Español, en el marco de las competencias que le son propias, tiene entre sus funciones y con especial relevancia, la defensa y mejora del servicio de justicia gratuita que organizan y gestionan los 83 Colegios de Abogados y prestan a diario miles de profesionales en toda España.

2)      Durante los últimos meses, desde el Ministerio de Justicia se están llevando a cabo una serie de trámites relativos a la reforma de la Ley 1/96 sobre Asistencia Jurídica Gratuita, dándose trasladado desde el Consejo General de la Abogacía Española, tanto en reuniones en el Ministerio como en sucesivos informes, las propuestas de la Abogacía para la mejora del servicio y de las condiciones en que los profesionales lo prestan.

3)      A tal efecto, desde el Consejo General de la Abogacía Española, a través de la Comisión de Justicia Gratuita, se ha requerido de todos los Colegios de Abogados y Consejos Autonómicos de la Abogacía sus aportaciones y se han convocado sucesivas reuniones de sus representantes para conformar una voz única de la Abogacía Española en relación a la reforma de tan trascendente Ley, celebrándose en su formato “plenario” en fechas 24 de mayo, 19 de septiembre y 13 de diciembre e igualmente en su formato “reducido”, la última, el 16 de noviembre de 2012.

4)      Entre tales propuestas y desde la reunión inicial, se ha insistido muy especialmente desde el Consejo General de la Abogacía Española en la absoluta necesidad de garantizar el pago a los profesionales de toda actuación con independencia de que al solicitante le sea reconocido o no el derecho a la asistencia jurídica gratuita, tal como consta en los informes remitidos por el Consejo General de la Abogacía Española al Ministerio, de fechas 16 de julio y 25 de septiembre de 2012, a resultas de un primer borrador remitido por el Ministerio al Consejo General de la Abogacía Española en fecha 11 de julio.

La propuesta sobre la garantía de cobro de los profesionales se incorporó también entre las recomendaciones del Comité de Expertos el VI Observatorio de Justicia Gratuita del Consejo General de la Abogacía Española presentado el 10 de julio de 2012 en Madrid, con presencia de importante representación del Ministerio (vid. recomendación séptima). Ya se había incluido en las Ediciones IV y V (recomendaciones  14ª y 11ª, respectivamente).

Igualmente, se aludía en todos los informes referidos al pago íntegro y puntual de las remuneraciones a los profesionales, adecuación de los baremos, actualización conforme a IPC…etc.

5)      Fruto de todo ello, se incluía por vez primera en la Exposición de Motivos del segundo borrador emitido por el Ministerio, de fecha 4 de octubre de 2012 –y se reiteraba en un tercero de fecha 29 de noviembre– el siguiente tenor:

con la reforma se pretende también dar respuesta a un problema sostenido de forma unánime por todos los Colegios de Abogados y garantizar al Abogado, en todo caso, el cobro de la actuación desempeñada cuando sea designado como Abogado de oficio a fin de evitar que actuaciones prestadas de forma inmediata y con carácter previo a la tramitación completa del expediente de justicia gratuita no sean retribuidas.”

6)      Desde al Consejo General de la Abogacía Española se ha trasladado al Ministerio, con cuyos representantes ha existido continuo contacto, el carácter notablemente positivo de tal incorporación, así como la necesidad de que tenga su correlativo desarrollo en su articulado, todo ello en el marco del proceso de reforma legal que actualmente se está llevando a cabo, pendiente del borrador definitivo previo a pasar a Consejo de Ministros y dar con ello paso a los trámites subsiguientes.

7)      No se tiene noticia y ni se ha informado en ningún momento a la Comisión Justicia Gratuita del Consejo General de la Abogacía Española, acerca de la existencia y resultado de reunión alguna que se indica mantenida por los Colegios de Madrid, Bilbao y Valencia con el Ministerio sobre esta materia.

8)      Ha de subrayarse, en el caso concreto de Madrid y dada las graves dificultades que ha presentado el servicio y han sufrido los profesionales a resultas de los incumplimientos por parte de la Administración competente de sus obligaciones, que han sido sucesivos y reiterados los acuerdos adoptados por la Comisión de justicia Gratuita, trasladados y asumidos por la comisión permanente del Consejo General de la Abogacía Española, en el sentido de:

– Exigir rotundamente a la Administración el cumplimiento íntegro y puntual de sus obligaciones de pago hacia los profesionales y Colegios de Abogados.

– Apoyar sin reservas las justas y legítimas reivindicaciones de los profesionales respecto de la mejora de las condiciones de prestación del servicio.

– Ofrecer de forma reiterada al Colegio de Abogados de Madrid la abierta e incondicional disposición del Consejo General de la Abogacía Española y su Comisión de Justicia Gratuita para llevar a cabo cuantas acciones, acuerdos o actuaciones de toda índole que, tanto a nivel personal como institucional, pudiera estimarse oportuno recabarse desde el Colegio de Abogados de Madrid en apoyo de todo ello.

 

Luis F. Nieto Guzmán de Lázaro

Presidente de la Comisión de Justicia Gratuita del Consejo General de la Abogacía Española

Comparte: