30 noviembre 2012

El Colegio de Reus pide a la defensora del Pueblo que presente recurso de inconstitucionalidad contra las tasas

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Reus, teniendo  en cuenta la grave situación de la Administración de Justicia,la vulneración del artículo 24 de la Constitución que representa la nueva Ley de Tasas así como las reformas en tramitación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha tomado los siguientes acuerdos:

A)  Exigir al Gobierno la derogación inmediata de la Ley de Tasas y   la suspensión de la tramitación  parlamentaria  de la reforma  de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como de todas las reformas  en curso que puedan afectar  a  la Administración  de Justicia.

B)  Exigir  la  convocatoria  de  manera  inmediata  de  todas   las  fuerzas  políticas  del Parlamento, así como a todos los que participamos en la Administración de Justicia, para elaborar de manera consensuada un PACTO DE ESTADO para la reforma de la Administración de Justicia que deberá diseñar bajo los principios Constitucionales, un nuevo  modelo  de Justicia adaptado al siglo XXI. Dicho pacto y para garantizar su ejecución deberá  contener  un plan estratégico para su implantación  así como una memoria económica con sus costes reales.

C)  Adherirnos al paro parcial convocado por la Comisión lnterasociativa  de Conflicto de Jueces y  Fiscales para  el día 12  de diciembre  de  2012  de 12  a  13  haciendo un llamamiento a todos los abogados para que se concentren en la sede de los Juzgados de Reus a las 12 h.

D)  Y recordar  que la endémica falta  de medios de la Administración  de Justicia no se soluciona limitando  los derechos de los ciudadanos y reduciendo el acceso  a la misma mediante  la  imposición  de  unas tasas, que por  su importe  impidieran  a  un gran número  de ellos ejercer el derecho que consagra el artículo  24 de la Constitución, como ya ha manifestado el Tribunal Constitucional en la reciente   sentencia de 29 de octubre de 2012 en la que textualmente  dice: “que si se mostrase que la cuantía de la tasa  resulta  tan   elevada  que  impide   “en  la  práctica  el  ejercicio  del  derecho fundamental o lo obstaculiza en un caso concreto en términos irrazonables, sí cabría considerarla como incompatible con el art. 24.1CE”. Pidiendo por ello, a la defensora del Pueblo que interponga el correspondiente recurso de inconstitucionalidad.

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