21 noviembre 2012

La Abogacía detecta la falta de publicación del modelo de autoliquidación de la tasa judicial

El Departamento Jurídico del Consejo General de la Abogacía Española, tras analizar la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, ha detectado la falta de publicación del modelo de autoliquidación de la tasa judicial.

Al tener conocimiento de la falta de modelo de autoliquidación de la tasa, el Consejo General de la Abogacía ha remitido a los decanos de los 83 Colegios de Abogados de España una circular informando de esta falta de documentación para autoliquidar las tasas.

Tras la realización de las gestiones pertinentes en el día de ayer, 21 de noviembre, fecha de la publicación en el BOE de la ley, la Secretaría General de la Administración de Justicia nos ha hecho llegar la instrucción 5/2012, de 21 de noviembre, que el Consejo General de la Abogacía ha remitido a todos los Decanos de los Colegios de Abogados y que dispone lo siguiente:

“Hasta tanto no se produzca la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden ministerial a la que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, los Secretarios Judiciales de todo el territorio nacional no exigirán, en ningún caso, la presentación del justificante de autoliquidación de la tasa para dar curso a los escritros procesales que se presenten”.

Por otra parte, el BOE de fecha 22 de noviembre ha publicado el modelo 790 de autoliquidación de la tasa por el alta y la modificación de fichas toxicológicas en el registro de productos químicos.

INSTRUCCIÓN 5/2012 DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

 

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