23 octubre 2012

El TEDH revisará la sentencia que condenó a España por aplicar la ‘doctrina Parot’

Tribunal Europeo Derechos Humanos

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra la sentencia que condenó a España a indemnizar a la miembro de ETA Inés del Río por vulnerar sus derechos al aplicarle la denominada ‘doctrina Parot’.

Así lo ha comunicado el martes 23 de octubre la sala de apelaciones del Tribunal de Garantías tras una reunión mantenida ayer por los cinco magistrados encargados de las admisiones. En los próximos meses se dictará una sentencia definitiva sobre este asunto.

El TEDH condenó a España a pagar una indemnización de 30.000 euros por daños morales a Inés del Río -que ha sido condenada a 3.200 años por participar en 23 atentados consumados y en el intento de 37 asesinatos-, por considerar que la doctrina adoptada por el Tribunal Supremo en 2006 vulnera el principio de irretroactividad de las penas y el derecho a la libertad personal, recogidos en los artículos 7 y 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El pasado 4 de octubre, el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, alegó ante la Gran Sala que la aplicación a Del Río de la ‘doctrina Parot’ no había supuesto vulneración alguna de los derechos fundamentales de esta presa de ETA.

POLÍTICA PENITENCIARIA DE CADA ESTADO

El recurso incide en que el principio de irretroactividad que la sentencia inicial del TEDH considera vulnerado es aplicable a la determinación de las penas, nunca a las formas de ejecutarlas, “que se consideran dentro del margen de la política penitenciaria de cada Estado”.

La ‘doctrina Parot’ fue establecida en 2006 por el Tribunal Supremo y fijó que las redenciones de penas previstas en el Código Penal de 1973 se aplicaran a cada una de las condenas impuestas y no al máximo de cumplimiento fijado en 30 años.

Según argumenta el Gobierno en su recurso el Tribunal Europeo ha mantenido hasta este caso de forma “reiterada” y “unánime” que las medidas que pueden suponer un adelantamiento de la puesta en libertad forman parte de la ejecución de las penas y en consecuencia no pueden considerarse penas en sí mismas a los efectos del Convenio de Derechos Humanos.

En esta línea, el recurso alude al ‘caso Kafkaris’ en el que la Gran Sala declaró en febrero de 2008 que una reforma legal que supuso que pasara de cumplir 20 años de prisión a una pena de perpetuidad no vulneraba el principio de irretroactividad.

Panayiotis Agapiou Panayi, alias ‘Kafkaris’, fue un sicario condenado por colocar un explosivo debajo del vehículo de un reputado hombre de la clase alta chipriota, causando su muerte y la de sus dos hijos menores que viajaban con él.

En el caso de Del Río, integrante de uno de los comandos más sanguinarios de ETA, la Abogacía del Estado destaca que no hubo ninguna reforma legal sino la “rectificación” de una sentencia dictada por el Supremo en 1994 y de la práctica administrativa a través de otra resolución emitida por este tribunal en 2006.

“El cambio afectaba al cómputo de la redención de penas por el trabajo y su aplicación no supuso un alargamiento de la pena, sino que la puesta en libertad no se adelantara nueve años por aplicación de un beneficio penitenciario”, sostiene.

La Abogacía ha solicitado a los 17 jueces integrantes de la Gran Sala que reexaminen la sentencia recurrida porque ésta se ha apartado de la doctrina previa de la Corte de Estrasburgo y porque este caso tiene una “excepcional trascendencia” para España.

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha aplaudido que no vaya a haber excarcelaciones “precipitadas” después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) haya admitido a trámite el recurso del Gobierno contra la sentencia que condenó a España a indemnizar a la etarra Inés del Río por considerar que se vulneraron sus derechos al aplicarle la denominada ‘doctrina Parot’.

En declaraciones a los periodistas en los pasillos del Congreso, Gallardón ha celebrado la decisión de la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, algo que es “verdaderamente excepcional” porque, según ha explicado, la admisión a trámite de este tipo de recursos no supera el del 5 por ciento y, por tanto, el porcentaje de los asuntos que luego son estimados es “muy alto”.

Y es que, a su juicio, haber desestimado la ‘doctrina Parot’, tal y como lo establecieron el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, hubiese significado “una profunda injusticia” para España, una puesta en libertad “precipitada” de “numerosísimas” personas que “tienen que cumplir la deuda que tienen con la sociedad y con las víctimas”, y “romper un principio de equidad en el cumplimiento de las penas”.

UNA COSA ES LA PENA Y OTRA LA EJECUCIÓN

Según ha explicado, con su primera sentencia el Tribunal de Estrasburgo había incurrido en “una contradicción muy importante” con su propia doctrina, que al valorar la irretroactividad “siempre” había distinguido entre la pena, que efectivamente es “absolutamente inviolable”, y la ejecución de las condenas, que es donde se aplicaba la llamada ‘doctrina Parot’.

Con la admisión a trámite del recurso, según ha recalcado Gallardón, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos posibilitará que sigan cumpliéndose las situaciones penitenciarias que en estos momentos están vigentes. “No habrá ningún tipo de excarcelación”, ha garantizado.

Una vez admitido a trámite el mencionado recurso, un paso “verdaderamente importante”, ha insistido, la Gran Sala del citado tribunal deberá comunicar al Ejecutivo español si el procedimiento que se abra será oral y, en ese caso, se celebrará una vista que previsiblemente, según el ministro, tendrá lugar en los próximos meses.

Gallardón augura que para el primer trimestre de 2013 habrá una resolución “definitiva” en la que ha dicho que el Gobierno tiene “toda la confianza” en que no sólo confirmará la constitucionalidad de la ‘doctrina Parot’, sino la adecuación a la doctrina europea de Derechos Humanos.

ESPERANZA PARA LAS VÍCTIMAS

A la decisión de Estrasburgo también se ha referido el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, que la considera “una magnífica y esperanzadora noticia” para las víctimas del terrorismo y porque garantiza que los tribunales españoles “no violan los Derechos Humanos”.

“Tenemos esperanzas de que el Gobierno y los tribunales españoles sean los que determinen la política penitenciaria, y no otras instancias, alegando que se violan los Derechos Humanos, cosa que en un Estado de Derecho no podíamos aceptar”, ha concluido.

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