27 julio 2012

La Abogacía Española manifiesta su “enérgico rechazo” al proyecto de ley de la reforma de las tasas judiciales

• Carlos Carnicer considera que la Justicia Gratuita “apenas representa un 6,5 por ciento del gasto en Justicia, afecta al corazón del Estado de Derecho y debería ser financiado desde los Presupuestos y no desde tasas especiales”

• “Los ciudadanos tienen derecho a acudir a los tribunales en defensa de sus legítimos intereses y no puede impedirse ese acceso por medio de un sistema de tasas que perjudica a quienes tienen menos medios económicos”

El Consejo General de la Abogacía, a través de su presidente, Carlos Carnicer, manifiesta su rechazo “enérgico” al proyecto de ley de reforma de las tasas judiciales, aprobado hoy por el Consejo de Ministros, y que se justifica por el Gobierno con la finalidad de asegurar el sostenimiento los gastos de la Justicia Gratuita.

Para la Abogacía, “no es admisible incorporar en nuestro Estado de Derecho una balanza en la que se coloque en un platillo el derecho fundamental a la Defensa y en el otro el pago de una tasa. El derecho a la Defensa, fundamental y de relevancia constitucional, resulta imprescindible para la pervivencia del Estado de Derecho y las tasas no pueden oponerse como recurso necesario para pagar a los abogados que prestan el servicio de Justicia Gratuita. Esto es enfrentar a los ciudadanos con la Abogacía de forma injusta”.

Criterio peligroso

Además, el presidente de la Abogacía Española manifiesta que “se introduce un criterio peligroso sobre el coste social de la Justicia Gratuita, el último recurso para hacer valer sus derechos fundamentales de quienes no tienen, en muchos casos, ni trabajo, ni medios, ni esperanza”.

“El gasto en Justicia Gratuita es una inversión en paz social y su regulación puede ser mejorada, nos hemos ofrecido al diálogo reiteradamente, pero no debería ser presentado como excesivo. No lo es porque apenas representa un 6,5 por ciento del gasto en Justicia y porque afecta al corazón del Estado de Derecho y debería ser financiado desde los Presupuestos, como está legalmente establecido, y no desde tasas especiales”, añade.

El régimen propuesto por el Gobierno amplía el ámbito subjetivo de abono de tasas, al afectar a personas tanto físicas como jurídicas y sólo se exonera a las personas que se les haya reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita por carecer de recursos para litigar. Además, el hecho imponible de la tasa se extiende a la interposición de demanda o recurso de los distintos procesos previstos en el orden civil y en el contencioso administrativo, así como la interposición de los recursos de apelación y de casación en el orden civil y contencioso-administrativo y de los recursos de suplicación y de casación en el orden social.

Evitar litigiosidad

La Abogacía Española reitera que la forma de evitar la litigiosidad no es poner barreras, en forma de tasas, para acceder a la Justicia. “Los ciudadanos tienen derecho a acudir a los Tribunales en defensa de sus legítimos derechos, intereses y pretensiones, tal y como reconoce nuestra Constitución, y no puede impedirse ese acceso por medio de un sistema de tasas que, en definitiva, perjudica a quienes tienen menos medios económicos”.

Según Carnicer, “nos parece bien que se busquen fórmulas para evitar acudir a los tribunales y aumentar las vías de solución extrajudicial de los conflictos (casi el 50% de los conflictos no se judicializan pues se solucionan en los despachos de los abogados), pero no a base de poner trabas de carácter económico. Avancemos en la búsqueda de soluciones para nuestra Administración de Justicia, tarea para la que, una vez más, ofrezco la colaboración leal de toda la Abogacía”.

NP MINISTERIO DE JUSTICIA TASAS PROYECTO DE LEY

 

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